Derogada/o por: Decreto Nº 114/991 de 05/03/1991 artículo 2.
Visto: la necesidad de introducir modificaciones en el Reglamento
Orgánico-Funcional de las reparticiones interiores del Ministerio de
Defensa Nacional.
Resultando: que dicho Reglamento fue aprobado por decreto 328/971,
de fecha 1º de junio de 1971, y modificado parcialmente por los decretos
787/972, de 12 de diciembre de 1972 y 127/981, de 24 de marzo de 1981.
Considerando: I) Que las modificaciones propuestas en esta instancia
refieren a los sectores de los servicios jurídicos y de la informática,
y han sido, previo a su consagración formal en el presente texto,
debidamente experimentadas y evacuadas llegándose a resultados altamente
positivos;
II) Que dichos modificaciones contemplan los requerimientos técnicos
y científicos actuales, por lo que permitirán atender de modo más eficaz
y eficiente,la gestión administrativa del Ministerio;
III) Que se ha contado con el apoyo y el asesoramiento de la Contaduría
General de la Nación, en lo que refiere a los aspectos de la informática,
así como de la instalación, funcionamiento y conexión de los sistemas
necesarios a ese fin;
IV) Que sin prejuicio de las disposiciones generales contenidas en el
Reglamento Orgánico-Funcional que aprueba el Poder Ejecutivo en su
carácter de jerarca máximo del sistema orgánico, corresponde luego a los
Ministros de Estado complementar sus disposiciones, a través del
dictado de los respectivos Manuales (artículo 181 de la Constitución
de la República)
Atento: a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo
168 numeral 4º de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA: