La reincidencia en la infracción a las disposiciones vigentes dará
lugar al requisamiento y la eliminación de los perros motivo del
procedimiento y pérdida del derecho a tener otros hasta nuevas resoluciones.
El requisamiento de los caninos se hará por intermedio de la fuerza pública y su eliminación se realizará, en el departamento de Montevideo por el Servicio de Captura del Ministerio de Salud Pública y la Comisión Nacional Honoraria de Lucha Contra la Hidatidosis y en el Interior, por
medio de las Comisiones Departamentales y las Intendencias Municipales.
Si transcurrido un plazo de 72 horas dichos Servicios no pudieran dar
cumplimiento a tales cometidos, los mismos podrán ser cumplidos por las
distintas dependencias del Ministerio del Interior.