REGLAMENTACION DEL ARTICULO 116 DE LA LEY 18.834 SOBRE LA DETERMINACION DEL MONTO DE LAS RETRIBUCIONES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA GUARDIA REPUBLICANA




Promulgación: 08/07/2013
Publicación: 15/07/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 28
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 116.

Artículo 5

 La partida creada por el artículo 208 de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre de 2010 que perciben los funcionarios que ejercen funciones
contratadas, en el Escalafón "L" Policial, Subescalafón Ejecutivo,
categorizada como "Incentivo", quedará establecida en los siguientes
montos para el ejercicio 2013:

Grado     Contratados Policiales Ejecutivos
                 042.710     042.722
                 Importe     Importe
1                 680,23     755,17

La tabla precedente para el ejercicio 2014 se ajustará de acuerdo a lo
dispuesto por la norma citada en el primer inciso.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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