(Requisitos Constitutivos). Para optar por la titularidad de un
permiso al que refiere el artículo anterior, se deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Solicitar de la Dirección Nacional de Correos la habilitación
correspondiente;
b) Constituir garantía o fianza (Art.3º) de las obligaciones que se
asumen al acceder a la titularidad del permiso;
c) 1) Tratándose de personas físicas: nombres completos y apellidos,
documento de identidad, el carácter que invoca y su domicilio
comercial;
2) Tratándose de personas jurídicas: razón social, domicilio y
documentación que acredite la misma, la cual deberá contener en
su objeto la prestación del servicio que plantea realizar;
d) Señalar destinos finales del servicio, a itinerarios a cumplir,
mencionando concretamente países, regiones, ciudades o pueblos donde
se prestará el mismo y vías de comunicación a utilizar;
e) Formas de operación y medio de transporte a utilizar;
f) Lugares de operación, respectivos horarios de funcionamiento y de
atención al público;
g) Adjuntar certificado de inscripción en el Banco de Previsión Social
y Dirección General Impositiva. Las personas jurídicas adjuntarán
además fotocopia autenticada de contrato de sociedad, o estatutos,
debidamente registrados;
h) Declaración jurada - con certificación notarial de firmas - de
acatamiento a las disposiciones del presente decreto y normas
complementarias que estableciere la Dirección Nacional de Correos;
i) En caso de apoderados, deberá adjuntarse fotocopia autenticada
notarialmente del respectivo poder especial o general, o normas
estatutarias que confieren facultades suficientes a esos efectos y
los recaudos que acrediten su vigencia;
j) Proporcionar una nómina del personal asignado directamente al
transporte de correspondencia que será incompatible con la calidad
de funcionario postal y deberá actualizarse cada 3 meses. (*)