Derogada/o por: Decreto Nº 447/007 de 19/11/2007 artículo 9.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 14º del Decreto Nº 90/000, de 3 de
marzo de 2000, por el que se disponen normas relativas al abatimiento del
gasto en la Administración Central;
RESULTANDO: que el citado artículo 14º, cometió al Ministerio de Economía
y Finanzas la elaboración de normas que propendan a la adquisición y uso
de los recursos materiales y servicios de los Incisos 02 al 14 del
Presupuesto Nacional, en términos de mayor eficiencia y racionalización;
CONSIDERANDO: I) que en materia de vehículos oficiales, se considera que
el mantenimiento de la prohibición oportunamente dispuesta por el Decreto
Nº 69/999, de 8 de marzo de 1999, así como el establecimiento de algunas
limitaciones en cuanto a los vehículos objeto de adquisiciones, se
enmarcan en la política de restricción del gasto impulsada por el Poder
Ejecutivo;
II) que sin perjuicio de lo antes indicado, se estima conveniente
facultar al Ministerio de Economía y Finanzas a exceptuar de la referida
prohibición, por razones fundadas, a aquellos casos que específicamente
se determinan;
III) que resulta conveniente a efectos de racionalizar los gastos en
combustible adoptar el sistema de control vehicular de las flotas de los
organismos públicos, licitado al amparo del artículo 34º del T.O.C.A.F
1996, y adjudicado por Resolución del Poder Ejecutivo de 12 de agosto de
1996;
IV) que es de interés para la Administración contar con información
precisa en cuanto a los contratos de prestación de servicios y
arrendamiento de bienes muebles, vigentes;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Redacción dada anteriormente por:
Decreto Nº 88/007 de 05/03/2007 artículo 1,
Decreto Nº 192/002 de 27/05/2002 artículo 10,
Decreto Nº 69/002 de 27/02/2002 artículo 12.
TEXTO ORIGINAL:
Decreto Nº 88/007 de 05/03/2007 artículo 1,
Decreto Nº 192/002 de 27/05/2002 artículo 10,
Decreto Nº 69/002 de 27/02/2002 artículo 12,
Decreto Nº 197/000 de 11/07/2000 artículo 1.
BATLLE - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ALBERTO BENSION - LUIS
BREZZO - JOSE CARLOS CARDOSO - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU - ALVARO
ALONSO - HORACIO FERNANDEZ - GONZALO GONZALEZ - ALFONSO VARELA - CARLOS
CAT