VISTO: el Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad
Social creado por la Ley Nº 17.345, de 31 de mayo de 2001.-
CONSIDERANDO: la conveniencia de estructurar en un decreto orgánico las
normas reglamentarias para la liquidación del tributo.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Contribuyentes.- Son contribuyentes de este impuesto:
a) Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que enajenen
bienes gravados por el impuesto que se reglamenta.-
b) Los contribuyentes del Impuesto Específico Interno que enajenen
bienes gravados por el impuesto que se reglamenta.-
c) Los que introduzcan bienes gravados al país y no se encuentren
comprendidos en los literales anteriores.