INSTALACION DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD DE ENTINTADO A LOS CAJEROS QUE EXPENDEN DINERO




Promulgación: 20/07/2018
Publicación: 26/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Derogada/o por: Decreto Nº 164/022 de 24/05/2022 artículo 7.
   VISTO: la necesidad de actualizar las medidas de seguridad que deben adoptar las Instituciones de Intermediación Financiera públicas y privadas, relativas a la dispensa de dinero mediante la utilización de cajeros automáticos, al amparo de la normativa vigente;

   RESULTANDO: que se torna necesario disuadir y repeler los actos delictivos contra cajeros automáticos en todo el territorio nacional;

   CONSIDERANDO: I) que resulta necesario regular las situaciones específicas contempladas en el Visto del presente;

   II) que existen herramientas capaces de inutilizar el dinero obtenido mediante conductas criminales;

   III) que en Derecho comparado se han adoptado soluciones normativas similares;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la Constitución de la República, artículo 152 de la Ley N° 16.170 de 28 de diciembre de 1990, artículo 33 de la Ley N° 19.315 de 18 de febrero de 2015, Decreto N° 275/999 de 14 de setiembre de 1999, Decreto N° 198/009 de 4 de mayo de 2009, modificado por el Decreto N° 193/015 de 20 de julio de 2015 y por el Decreto N° 127/017 de 15 de mayo de 2017, Decreto N° 211/010 de 14 de julio de 2010, Decreto N° 213/011 de 23 de junio de 2011 y Decreto N° 293/016 de 19 de setiembre de 2016;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 6.

Artículo 7

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 214/018 de 20/07/2018 artículo 7.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI
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