REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 57 Y 58 DE LA LEY 19.121 RELATIVO AL SISTEMA DE ROTACION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS PRESUPUESTADOS DE CARRERA Y DEROGACION DEL DECRETO 6/015
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 57 y 58.
CAPÍTULO III
TRASLADO ENTRE INCISOS
Artículo 16
Una vez notificado, el funcionario deberá presentarse en el organismo de destino dentro de los diez días hábiles siguientes. El incumplimiento injustificado de dicha obligación se entenderá como renuncia tácita al cargo.