Podrán se declarados artificiales los vinos comunes que, de acuerdo a
la opinión de los técnicos analistas designados por la Dirección de
Contralor legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, no respondan en sus
características organolépticas (sabor, aroma y color), al tipo o clase de
vino que haya sido declarado, aún cuando sus resultados analíticos se
ajusten a las tipificaciones correspondientes a otra clase o tipo. (*)