FARMACIAS. FIJACION DE HORARIOS DE FARMACIAS DE MONTEVIDEO




Promulgación: 05/05/1987
Publicación: 10/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 602
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.703 de 11/01/1985 artículo 24.

Artículo 4

  Las Farmacias que no cumplan Turno, se ajustarán rigurosamente al
horario establecido en el artículo 1º, pudiendo solamente optar por no
atender al público entre las 12 y las 14 horas, previa comunicación a la
División Química y Medicamentos del Ministerio de Salud Pública en cuanto
a las farmacias que cierran permanentemente en ese horario.
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