FARMACIAS. FIJACION DE HORARIOS DE FARMACIAS DE MONTEVIDEO




Promulgación: 05/05/1987
Publicación: 10/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 602
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.703 de 11/01/1985 artículo 24.

Artículo 7

  El Servicio Nocturno Permanente, se realizará desde las 22 horas hasta
la hora 8 del día siguiente y podrá realizarse con las puertas de acceso
al establecimiento abiertas o cerradas, pero siempre con la cruz de Turno
encendida.
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