VISTO: la Ley N° 18.930 de 17 de julio de 2012, y el Decreto N° 247/012,
de 2 de agosto de 2012.-
CONSIDERANDO: que es conveniente efectuar ajustes al régimen de registro
de titulares de participaciones patrimoniales al portador.-
ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 168 de la
Constitución de la República.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: