MEDIO AMBIENTE - RECURSOS NATURALES




Promulgación: 30/05/1990
Publicación: 04/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 516
   Visto: el estado de explotación de los bancos de mejillón de la zona
Este de la República.

   Resultando: los estudios y conclusiones sobre las condiciones actuales
de la especie Mytilus Edulis Platensis, en las áreas de la Bahía de
Maldonado, Isla de Lobos y Punta Ballena, que señalan una pesca excesiva,
que ha incidido en la abundancia del recurso y en los tamaños comerciales
del mismo.

   Considerando: conveniente la adopción de medidas de preservación de
modo de tutelar la especie y regular una explotación racional.

   Atento: a lo establecido en los artículos 7º, 15 y 23 de la ley 13.833,
de 29 de diciembre de 1969, y a lo informado por el Instituto Nacional de
Pesca,

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por:
      Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63,
      Decreto Nº 325/995 Derogada/o de 23/08/1995 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 3.
Referencias al artículo

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 4.
Referencias al artículo

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 5.
Referencias al artículo

Artículo 6

 (*)

(*)Notas:
Derogado/s por: Decreto Nº 149/997 Derogada/o de 07/05/1997 artículo 63.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 242/990 de 30/05/1990 artículo 6.

LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - MARIANO R. BRITO
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