Fíjase en 0% (cero por ciento) la tasa de aportes patronales jubilatorios de la industria manufacturera al Banco de Previsión Social. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 200/001 de 31/05/2001 artículo 3.
Ver en esta norma, artículos:3, 4 y 5.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 245/000 de 30/08/2000 artículo 2.