REGLAMENTACION DE LAS LEYES 5.032, 15.965, 16.074 Y 19.849, RELATIVO A LA FIJACION DE UNA POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO POR LA OIT
Ámbito de aplicación. La política nacional de seguridad y salud en el trabajo y las acciones derivadas de ésta se aplicarán a todos los trabajadores, ya sean dependientes e independientes, formales e informales, del sector público o privado, de zonas urbanas o rurales, cualquiera que fuera su condición contractual, sin discriminación alguna.