REGLAMENTACION DE LAS LEYES 5.032, 15.965, 16.074 Y 19.849, RELATIVO A LA FIJACION DE UNA POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL, PREVENCION DE RIESGOS LABORALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO POR LA OIT
Seguimiento y evaluación. El seguimiento y evaluación de la política nacional de seguridad y salud en el trabajo se realizará en el marco del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONASSAT).
El seguimiento tendrá un carácter semestral.
Se realizará una evaluación de término medio en el segundo semestre de 2026 y una evaluación final en el segundo semestre de 2028.