VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al ejercicio 2002.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen:
ATENTO: A lo establecido en el Art. Nº 221 de la Constitución de la
República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland correspondiente al Ejercicio 2002, de acuerdo con el siguiente
detalle:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA COMBUSTIBLES. $ $
I - INGRESOS. 16.919.458.040
a) Ingresos Propios. 16.794.018.040
1. Ventas Netas 10.317.485.232
2. Otros Ingresos del Giro 656.000
3. IMESI,IVA y COFIS. 5.254.365.298
4. Otros Ingresos ajenos al Giro. 1.221.511.510
b) Financiamiento Externo. 125.440.000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 14.000.511.354
Rubro Denominación $ $
1.10.0 Retribución de Serv. Personales 276.071.477
1 Personal Presupuestado. 155.524.026
- Sueldos Básicos. 126.301.848
- Productividad. 27.465.350
- Adelanto a cuenta. 433
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 1.756.395
2 Personal Contratado. 10.103.053
- Otros Contratados. 6.169.355
- Adelanto a Cuenta. 12
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 195.922
- Changas. 3.737.764
3 Otras Compensaciones. 110.444.398
- Varios. 77.231.234
- Prima por Antigüedad. 6.450.290
- Quebranto de Caja. 338.432
- Compensación Producto. 2.659.107
- Viático compens. Comida. 23.765.335
1.10.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 72.997.457
1.10.2 Materiales y Suministros. 5.426.655.632
- Compra de Crudo. 4.175.270.049
- Importación de Derivados. 1.054.688.432
- Varios. 196.697.151
1.10.3 Servicios no Personales. 2.384.858.127
1.10.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 19.170.520
1.10.7 Subsidios y Otras Transferencias. 5.438.659.373
5 Transf. a Unidades Familiares. 24.791.364
- Hogar Constituído. 4.212.042
- Asignación Familiar. 1.585.309
- Prima Nacim. y Matrimonio. 111.048
- Servicios Médicos. 17.214.325
- Serv. a Pers. en Actividad. 1.668.640
7 Pasantías y Becas. 2.616.830
9 Tributos Nacionales y Municipales. 5.411.251.179
10 Versión Resultados. 0
1.10.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 147.178.240
1.10.9 Asignaciones Globales. 234.920.528
III - INVERSIONES. 1.505.514.000
Rubro Denominación $ $
0 Retribución de Serv. Personales 5.297.000
1 Cargas Legales 1.021.000
3 Servicios no Personales. 71.528.000
4 Maquinaria, Eq. y Mobiliario Nuevos. 990.598.000
5 Tierras, Edif. y otros Act. Preexist. 138.240.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 298.798.000
7 Subsidios y Otras Transferencias. 32.000
8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
El subrubro 7.9 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa de Inflamables, el Impuesto al Valor
Agregado; COFIS y el impuesto a la compra de moneda extranjera por $
5.406:564.179 cuyo monto, al igual que el Adelanto a Cuenta de Resultados
dispuesto por el artículo Nº 643 de la Ley 16.170, no son de carácter
limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.11 ENERGIA GAS. $ $
I - INGRESOS. 411.054.822
a) Ingresos Propios. 73.134.822
1. Ventas Netas 68.992.752
2. IVA 4.142.070
b) Financiamiento Externo. 337.920.000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 135.233.086
Rubro Denominación $ $
1.11.0 Retribución de Serv. Personales 4.440.643
1 Personal Presupuestado. 3.468.515
- Sueldos Básicos. 2.926.784
- Productividad. 518.377
- Adelanto a cuenta. 0
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 23.354
2 Personal Contratado. 0
- Otros Contratados. 0
- Adelanto a Cuenta. 0
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 0
- Changas. 0
3 Otras Compensaciones. 972.128
- Varios. 554.203
- Prima por Antigüedad. 84.576
- Quebranto de Caja. 0
- Compensación Producto. 31.477
- Viático compens. Comida. 301.872
1.11.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 1.180.293
1.11.2 Materiales y Suministros. 36.446.943
- Productos Energéticos. 35.919.923
- Varios. 527.020
1.11.3 Servicios no Personales. 54.662.476
1.11.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 225.440
1.11.7 Subsidios y Otras Transferencias. 32.649.565
5 Transferen. a Unidades Familiares. 258.059
- Hogar Constituído. 37.446
- Asignación Familiar. 10.040
- Prima Nacim. y Matrimonio. 0
- Servicios Médicos. 210.573
- Serv. a Pers. en Actividad. 0
7 Pasantías y Becas. 0
9 Tributos Nacion. y Municipales. 32.391.506
10 Versión Resultados. 0
1.11.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 2.887.680
1.11.9 Asignaciones Globales. 2.740.046
III - INVERSIONES. 338.154.000
Rubro Denominación $ $
4 Maquinaria, Equipos y Mob. Nuevos. 234.000
5 Tierras, Edificios y otros Act. Preexist. 337.920.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
a la Compra de Moneda Extranjera, COFIS y el Impuesto al Valor Agregado
por $ 31:517.506 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo no
podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.12 ENERGIA SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
$ $
I - INGRESOS. 196.913.493
a) Ingresos Propios. 195.633.493
1. De Terceros. 73.676.757
2. Transf. Interdivisionales 121.956.736
b) Financiamiento Externo. 1.280.000
II PRESUPUESTO OPERATIVO 1.065.794.514
Rubro Denominación $ $
1.12.0 Retribución de Serv. Personales 242.294.872
1 Personal Presupuestado. 160.585.169
- Sueldos Básicos. 128.012.082
- Productividad. 30.604.851
- Adelanto a cuenta. 1.556
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 1.966.680
2 Personal Contratado. 5.952.771
- Otros Contratados. 5.596.435
- Adelanto a Cuenta. 80
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 113.537
- Changas. 242.719
3 Otras Compensaciones. 75.756.932
- Varios. 37.129.423
- Prima por Antigüedad. 7.830.901
- Quebranto de Caja. 832.010
- Compensación Producto. 2.631.148
- Viático compensación Comida. 27.333.450
1.12.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 58.244.029
1.12.2 Materiales y Suministros. 92.848.294
1.12.3 Servicios no Personales. 196.310.083
1.12.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 4.686.127
1.12.7 Subsidios y Otras Transferencias. 421.089.777
3 Subsidios Organismos Públicos. 2.938.400
4 Subsidios Organismos Privados. 9.008.472
5 Transf. a Unidades Familiares. 108.250.133
- Hogar Constituído. 3.569.676
- Asignación Familiar. 1.637.726
- Prima Nacim. y Matrimonio. 106.083
- Servicios Médicos. 89.984.308
- Otros con retardo mental. 2.657.797
- Serv. a Pers. en Actividad. 8.000.163
- Serv. a Unidades Fliares. 2.294.380
7 Pasantías y Becas. 2.861.665
9 Tributos Nacion. y Municipales. 298.031.107
10 Versión Resultados. 0
1.12.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 41.505.997
1.12.9 Asignaciones Globales. 8.815.335
III - INVERSIONES. 155.189.000
Rubro Denominación $ $
0 Retribución de Servicios Personales. 4.713.000
1 Cargas Leg. Sobre Serv. Personales. 1.249.000
2 Materiales y Suministros. 589.000
3 Servicios no Personales. 28.015.000
4 Maquinaria, Eq. Y Mob. Nuevos. 106.339.000
5 Tierras, Edificios y otros Act. Preexist. 1.280.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Extraord. 12.416.000
7 Subsidios y otras Transferencias. 588.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda Extranjera por $
249:998.963 cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.13 ENERGIA Factor Humano a Reaplicar.
I PRESUPUESTO OPERATIVO 27.750.606
Rubro Denominación $ $
1.13.0 Retribución de Serv. Personales 18.236.874
1 Personal Presupuestado. 11.109.975
- Sueldos Básicos. 10.696.131
- Productividad. 17.897
- Adelanto a cuenta. 106
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 395.841
2 Personal Contratado. 0
- Otros Contratados. 0
- Adelanto a Cuenta. 0
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 0
- Changas. 0
3 Otras Compensaciones. 7.126.899
- Varios. 88.793
- Prima por Antigüedad. 1.445.087
- Quebranto de Caja. 0
- Compensación Producto. 445.019
- Viático compens. Comida. 5.148.000
1.13.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 4.277.020
1.13.2 Materiales y Suministros. 0
1.13.3 Servicios no Personales. 0
1.13.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 0
1.13.7 Subsidios y Otras Transferencias. 5.236.712
3 Subsidios Organismos Públicos. 0
4 Subsidios Organismos Privados. 0
5 Transf. a Unidades Familiares. 5.236.712
- Hogar Constituído. 838.592
- Asignación Familiar. 427.369
- Prima Nacim. y Matrimonio. 19.998
- Servicios Médicos. 2.632.160
- Otros con retardo mental. 0
- Serv. a Pers. en Actividad. 1.318.593
7 Pasantías y Becas. 0
9 Tributos Nacion.y Municipales. 0
10 Versión Resultados. 0
1.13.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.13.9 Asignaciones Globales. 0
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
PROGRAMA 1.2 ALCOHOLES. $ $
I - INGRESOS. 177.626.350
a) Ingresos Propios. 177.626.350
1. Ventas Netas 84.466.470
2. Transf. Interdivisionales 220.000
3. IMESI, IVA y COFIS. 82.828.880
4. Otros. 10.111.000
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 161.521.158
Rubro Denominación $ $
1.2.0 Retribución de Serv. Personales 29.693.411
1 Personal Presupuestado. 18.721.548
- Sueldos Básicos. 14.453.017
- Productividad. 3.962.553
- Adelanto a cuenta. 169
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 305.809
2 Personal Contratado. 29.319
- Otros Contratados. 22.626
- Adelanto a Cuenta. 1
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 266
- Changas. 6.426
3 Otras Compensaciones. 10.942.544
- Varios. 5.236.329
- Prima por Antigüedad. 1.193.506
- Quebranto de Caja. 114.052
- Compensación Producto. 349.568
- Viático compens. Comida. 4.049.089
1.2.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 3.206.103
1.2.2 Materiales y Suministros. 34.850.686
1.2.3 Servicios no Personales. 11.399.461
1.2.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 1.884.820
1.2.7 Subsidios y Otras Transferencias. 79.042.628
5 Transf. a Unidades Familiares. 5.732.149
- Hogar Constituído. 639.131
- Asignación Familiar. 305.019
- Prima Nacim. y Matrimonio. 50.499
- Servicios Médicos. 2.860.280
- Serv. A Pers. en Actividad. 1.877.220
7 Pasantías y Becas. 1.015.971
9 Tributos Nacion. y Municipales. 72.294.508
10 Versión Resultados. 0
1.2.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.2.9 Asignaciones Globales. 1.444.049
III - INVERSIONES. 42.449.000
Rubro Denominación $ $
4 Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos. 35.025.000
5 Tierras, Edif. Y otros Activos Existentes. 5.760.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 1.664.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda
Extranjera por $ 69:826.008 cuyo monto no es de carácter limitativo. El
Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
PROGRAMA 1.3 PORTLAND. $ $
I - INGRESOS. 585.964.683
a) Ingresos Propios. 585.964.683
1. Ventas Netas 444.253.267
2. Transf. Interdivisionales 1.834.704
3. IVA y COFIS. 118.571.197
4. Otros. 21.305.515
b) Financiamiento Externo. 0
II PRESUPUESTO OPERATIVO 649.499.026
Rubro Denominación $ $
1.3.0 Retribución de Serv. Personales 90.409.994
1 Personal Presupuestado. 44.693.327
- Sueldos Básicos. 37.589.382
- Productividad. 6.281.029
- Adelanto a cuenta. 331
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 822.585
2 Personal Contratado. 315.455
- Otros Contratados. 267.852
- Adelanto a Cuenta. 0
- Aum. Res. 470/92 de 21.05.92. 5.494
- Changas. 42.109
3 Otras Compensaciones. 45.401.212
- Varios. 30.544.416
- Prima por Antigüedad. 2.898.497
- Quebranto de Caja. 259.789
- Compensación Producto. 929.759
- Viático compens. Comida. 10.768.751
1.3.1 Cargas Legales sobre Serv. Personales. 22.653.544
1.3.2 Materiales y Suministros. 213.076.299
1.3.3 Servicios no Personales. 146.366.494
1.3.4 Maquinaria, Equipo y Mobiliarios Nuevos. 27.810.116
1.3.7 Subsidios y Otras Transferencias. 137.564.992
5 Transf. A Unidades Familiares. 11.921.862
- Hogar Constituído. 1.807.946
- Asignación Familiar. 658.856
- Prima Nacim. y Matrimonio. 40.397
- Servicios Médicos. 8.528.198
- Serv. a Pers. en Actividad. 886.465
7 Pasantías y Becas. 4.064.789
9 Tributos Nacion.y Municipales. 121.578.341
10 Versión Resultados. 0
1.3.8 Servicio de Deuda y Anticipos. 0
1.3.9 Asignaciones Globales. 11.617.587
III - INVERSIONES. 144.212.000
Rubro Denominación $ $
4 Maquin., Equipo y Mobiliario Nuevos. 130.324.000
5 Tierras, edificios y otros Act. Preex. 9.600.000
6 Construcc., Mejoras y Reparac. Ext. 4.288.000
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2001.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
al Valor Agregado, COFIS y a la Compra de Moneda Extranjera por $
121:275.117, cuyo monto no es de carácter limitativo. El Organismo podrá
adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de
actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 250/003 de
18/06/2003.
Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto Nº
84/84 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre rubros de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10
días siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal
de Cuentas.
Las partidas de retribuciones personales y cargas legales contienen
hasta el efecto el incremento aplicado a partir del 1º de enero de 2001 y
fueron reducidas en el 100% de las bajas producidas en el período enero -
junio 2001. La Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland deberá elevar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, antes
del 30 de abril de 2002, la eliminación del 100% de las vacantes no
incentivadas generadas en el período 1º de julio al 31 de diciembre de
2002. (*)
Los beneficios sociales que evolucionan con el Salario Mínimo Nacional,
Indice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores
medios enero - junio de 2001, y se ajustarán a la evolución que registren
dichos parámetros.
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos no menores de seis meses y a realizar el ajuste de las
respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder Ejecutivo y al
Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se tendrá en cuenta la
variación del índice general de precios al consumo confeccionado por el
Instituto Nacional de Estadísticas, los convenios laborales vigentes, la
política del Poder Ejecutivo en la materia y sus disponibilidades
financieras.
Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros 0
"Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" para financiar la
incorporación y recomposición de carrera de aquellos funcionarios que
fueron destituídos o postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto
Institucional Nº 7, o mediante actos contrarios a una regla de derecho o
dictados con desviación de poder, previa comunicación a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
La prima por antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) del Salario Mínimo Nacional para la actividad privada que fije el
Poder Ejecutivo.
La prima por Hogar Constituído se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el art. 24 de la Ley Nº 15.983 (+) de 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituído
se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para el Salario
Mínimo Nacional para la actividad privada.
--------------------------------------------------------------------------
(+) Donde dice: "15.983", debe decir: "15.903".
--------------------------------------------------------------------------
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de
Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con
vigencia desde el 1º de junio de 1986.
El subrubro 7.9. "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, el Impuesto al Valor Agregado, y la Tasa de
Inflamable a nivel de enero - junio de 2001 cuyas partidas al igual que
el Adelanto a Cuenta de Resultados dispuesto por el Artículo Nº 643 de la
Ley Nº 16.170, no son de carácter limitativo. El Organismo podrá adecuar
sus montos de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad
dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto.
Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas
en moneda nacional a nivel medio de enero - junio de 2001 y las en moneda
extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 12,80. Las mismas se ajustarán
en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto
Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del
dólar, respectivamente.
Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los
duodécimos de cada rubro para el período que resta hasta el fin del
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales
a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en
función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el art. 3º y
las variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio para
dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a
los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo
no mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.
En materia de trasposiciones y/o ampliaciones de rubros y proyectos se
aplica lo dispuesto en la Norma Nº 1 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto de junio de 1968 y disposiciones concordantes.
El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes rubros, salvo el Rubro 0 "Retribución de
Servicios Personales"; el rubro 1 "Cargas Legales sobre Servicios
Personales y el subrubro 7.5. "Transferencias a Unidades Familiares por
Personal en Actividad" del rubro 7 "Subsidios y Otras Transferencias".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del rubro 9
"Asignaciones Globales" será de resorte interno del Organismo.
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el
año y según lo dispuesto por el art. Nº 228 de la Constitución, rigen las
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.