El acta de cierre de la microficha a que se refiere el artículo 6º de este
reglamento deberá contener:
a) Fecha de terminación de la microfilmación.
b) Formato de la microficha.
c) Número de exposiciones.
d) Características, número o identificación del primer documento
microfilmado.
e) Observaciones constatadas durante la microfilmación.
f) Firmas autenticantes.