Reglamentario/a de: Ley Nº 14.106 de 14/03/1973 artículo 688, Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 242.
IX - DE LA DESTRUCCION DE DOCUMENTOS
Cuando se proceda a la destrucción de documentos una vez microfilmados se empleará a esos efectos máquinas específicas o algún otro procedimiento que impida la identificación de su contenido.