El acta de cierre del rollo de microfilme a que se refiere el artículo 6º
de este reglamento deberá contener:
a) Número de rollo.
b) Nombre del Estado, de la localidad, Dependencia u Organismo donde se
realiza la microfilmación.
c) Fecha de terminación de la microfilmación.
d) Características, número o identificación del último documento
microfilmado.
e) Observaciones constatadas durante la microfilmación.
f) Firmas autenticantes.