FRANQUICIAS DIPLOMATICAS - SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 01/06/1994
Publicación: 13/06/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 27/002 de 23/01/2002 artículo 1.
    Visto: el Decreto Nº 589/986 de 2 de setiembre de 1986, sus
modificativos y concordantes;

    Resultando: que los mismos regulan el régimen de introducción de
bienes que realizan los funcionarios presupuestados del Servicio Exterior
de la República y asimilados que regresan al país luego de haber
desempeñado funciones en el exterior;

    Considerando: que resulta conveniente establecer un límite al valor de
los vehículos automotores cuya introducción se autoriza por las normas
mencionadas en el Visto de la presente resolución, así como modificar los
plazos exigidos para la transferencia de los mismos.

    Atento: a lo precedentemente expuesto;

                        El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 254/994 de 01/06/1994 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 254/994 de 01/06/1994 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 254/994 de 01/06/1994 artículo 3.
Referencias al artículo

Artículo 4

(*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 254/994 de 01/06/1994 artículo 4.
Referencias al artículo

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 254/994 de 01/06/1994 artículo 5.

LACALLE HERRERA - SERGIO ABREU - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - RODOLFO
GONZALEZ RISSOTTO - MIGUEL ANGEL GALAN
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