CAPITULO II - DEL COMETIDO DE LAS DEPENDENCIAS DE LAS COMISARIAS SECCIONALES
Artículo 36
Las Comisarías Seccionales estarán a cargo de un Oficial Jefe -
Comisario o Comisario Inspector- de Policía Ejecutiva quien tendrá
bajo su responsabilidad los medios personales y materiales que
correspondan a su circunscripción territorial. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 110/005 de 14/03/2005 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 256/976 de 11/05/1976 artículo 36.