AUMENTO SALARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. AGOSTO 2005




Promulgación: 26/08/2005
Publicación: 31/08/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 504
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   A los efectos dispuestos en el artículo anterior, habilítase una partida total anual, que se financiará con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", para incrementar el Grupo 0 "Servicios Personales" de
todas las Unidades Ejecutoras de los Incisos 02 a 15, 17 al 19 y 27 del
Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones.
   Dicha partida será de hasta $ 50:000.000,oo (pesos uruguayos cincuenta
millones) para el Ejercicio 2005, y de hasta $ 100:000.000,oo (pesos
uruguayos cien millones) a partir del Ejercicio 2006, considerándose
incluidos en la misma el incremento salarial autorizado por el artículo
1º de este Decreto, el sueldo anual complementario y los tributos
personales de seguridad social.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 4.
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