MODIFICACION DEL ART. 1° DEL DECRETO 336/991 RELATIVO AL ARANCEL CONSULAR




Promulgación: 05/09/2014
Publicación: 19/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 421
VISTO: el artículo 123 de la Ley 19.149 de fecha 24 de octubre de 2013;

CONSIDERANDO: I) la asignación de la competencia del Ministerio de
Relaciones Exteriores en la tramitación de la cédula de identidad en el
exterior del país, a través de sus Oficinas Consulares.

II) que se hace necesario reglamentar su cobro.

III) que el Decreto No 336/991 de 28 de junio de 1991, establece el
arancel consular.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 336/991 de 28/06/1991 artículo 1 
literal K).

Artículo 2

 La presente modificación al arancel consular entrará en vigor a partir de
la entrada en vigencia del presente Decreto.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

JOSÉ MUJICA - LUIS PORTO - JORGE POLGAR
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