A fin de evaluar la caída de la recaudación del Banco de Previsión Social y de la Dirección General de Impositiva, el Ministerio de Economía y Finanzas considerará indicadores mensuales interanuales. Los resultados mensuales obtenidos serán aprobados por resolución de esa Secretaría de Estado, y se atenderán con cargo al Fondo de Emergencia Hídrica. Se computará dentro de este concepto, toda acción puntual que signifique una renuncia fiscal de carácter Sectorial o general, tales como exoneraciones tributarias, aplazamientos de pagos, entre otros.
Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a considerar dentro de la asistencia mensual que se brinda al Banco de Previsión Social los montos aprobados.