Para la recepción de las donaciones en dinero, cuyo objeto sea contribuir con el Fondo que se reglamenta, se habilitarán cuentas en dólares y en pesos en el Banco de la República Oriental del Uruguay, las que serán comunicadas a la población a través de los diferentes medios de difusión.
El Banco de la República Oriental del Uruguay brindará al Ministerio de Economía y Finanzas, la información relacionada a cada depósito recibido, incluyendo la identificación del depositante.