REGLAMENTACION DEL ART. 2° DEL DECRETO LEY 14.996, RELATIVO A LA CESION DE DERECHOS POR LA PRESTACION DE LA ACTIVIDAD DE UN DEPORTISTA O SOBRE SU TRANSFERENCIA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.996 de 26/03/1980 artículo 2.
Artículo 6
Las personas físicas intervinientes en las operaciones descritas en el artículo 1° del presente Decreto, podrán ser penalizadas con las sanciones previstas en el artículo 80 de la Ley N° 17.292 de 25 de enero de 2001.