MODIFICACION DEL REGIMEN DE ADELANTOS A CUENTA A LA ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS




Promulgación: 09/06/2008
Publicación: 16/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1307
VISTO: lo dispuesto por el artículo 643 de la Ley N° 16.170 de 28 de
diciembre de 1990 y por los Decretos Nos. 161/991, de 15 de marzo de 1991
y 436/002, de 11 de noviembre de 2002.

CONSIDERANDO: que resulta oportuno atender la solicitud de la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, dadas las
razones que se invocan y lo acordado con esa Administración.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Redúcese en $ 841.428.784,oo (pesos uruguayos ochocientos cuarenta y un
millones cuatrocientos veintiocho mil setecientos ochenta y cuatro) la
prestación a que refiere el artículo 643 de la Ley N° 16.170, de 28 de
diciembre de 1990 efectuada en el ejercicio 2007 por la Administración
Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

  Impútase el importe al que refiere el artículo 1° de este Decreto como
pago a cuenta de los impuestos de la Administración Nacional de Usinas y
Trasmisiones Eléctricas correspondientes al ejercicio 2008. El mismo será
utilizado para el pago del Impuesto al Valor Agregado y de los anticipos
mensuales del Impuesto al Patrimonio.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI
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