SE REGLAMENTA EL ART. 18 DE LA LEY Nº 19.666 Y EL ART. 3 DE LA LEY Nº 16.343 EN LO RELATIVO AL PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE APORTES POR PARTE DEL BPS AL FONDO NACIONAL DE RECURSOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.666 de 04/10/2018 artículo 18,
Ley Nº 16.343 de 24/12/1992 artículo 3.
Artículo 4
El listado de patologías a considerar se modificará únicamente cuando exista una Resolución Ministerial que modifique la competencia del Centro o Servicio de Referencia, una vez que haya cumplido las exigencias establecidas por la Ley N° 19.666, de 4 de octubre de 2018, y el Decreto N° 79/019, de 14 de marzo de 2019.