DEROGACION DE DECRETOS QUE ESTABLECIERON UN REGIMEN DE ASISTENCIA FINANCIERA Y DE CONTRALOR DE EXPORTACIONES PARA LA INDUSTRIA FRIGORIFICA




Promulgación: 23/05/1979
Publicación: 11/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1601
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El Banco de la República Oriental del Uruguay acreditará en las cuentas
del decreto 402/971, abiertas a las empresas frigoríficas, los importes
liquidados por el Instituto Nacional de Carnes, conforme a lo dispuesto
por los artículos 9º y 11º del decreto 211/978, de 15 de abril de 1978,
los intereses devengados por los citados créditos y los especificados en
el artículo 4º del decreto 755/976, de 17 de noviembre de 1976.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 7.
Ayuda