VISTO: la Ley Nº 18.083, de 27 de diciembre de 2006 que establece un
nuevo sistema tributario.
CONSIDERANDO: necesario realizar determinadas adecuaciones en materia de
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas, de Impuesto a las
Rentas de los No Residentes y de exoneraciones genéricas.
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168 de la
Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007
artículo 38 inciso 3º).