Decreto N° 282/018
DETERMINACION DEL REGIMEN ESPECIAL PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN SU ACTIVIDAD EXCLUSIVAMENTE EN FERIAS EN LA VIA PUBLICA
Promulgación: 10/09/2018
Publicación: 18/09/2018
- El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
Los contribuyentes que se encontraran tributando en el régimen general no podrán ejercer la opción a que refiere el presente Decreto.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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