REGLAMENTACION DEL ART. 31 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 31.

CAPITULO I: DEPENDENCIAS Y COMETIDOS ESPECÍFICOS DE LA
                DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN CIVIL
SECCIÓN XV: EL DEPARTAMENTO ARCHIVO NACIONAL Y MICROFILMACIÓN DE LEGAJOS PERSONALES:
Sección Archivo Nacional de Legajos Personales

Artículo 48

   Cometido específico: archivar los Legajos Personales soporte papel, registrar los movimientos y conservar los mismos, asegurando la inmediata recuperación de la información almacenada.
   Dependerá jerárquicamente de la Dirección del Departamento de Archivo Nacional y Microfilmación de Legajos Personales.
   Estará a cargo de un Jefe de Sección, quien a su vez dependerá del Director del Departamento.
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