ADOPCION DEL USO DEL BASTON BLANCO Y VERDE COMO INSTRUMENTO DE MOVILIDAD
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL Y REGLAMENTASE EL AUXILIO DE PERROS
DE ASISTENCIA O PERROS GUIA
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.875 de 23/12/2011,
Ley Nº 18.651 de 19/02/2010 artículo 80.
Capítulo II
Perros Guías y de Asistencia Sección IV
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 22
(Derecho de los adiestradores). Los derechos y obligaciones que la
Reglamentación reconoce e impone a las personas con discapacidad, son
extensivos igualmente a los instructores de los centros de adiestramiento,
reconocidos por la Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal,
mientras realicen las funciones de preparación de los perros de asistencia
o perros guía y/o de adaptación al usuario.