ADOPCION DEL USO DEL BASTON BLANCO Y VERDE COMO INSTRUMENTO DE MOVILIDAD
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL Y REGLAMENTASE EL AUXILIO DE PERROS
DE ASISTENCIA O PERROS GUIA
Reglamentario/a de:
Ley Nº 18.875 de 23/12/2011,
Ley Nº 18.651 de 19/02/2010 artículo 80.
Capítulo II
Perros Guías y de Asistencia Sección VI
NORMAS COMPLEMENTARIAS
Artículo 28
(De la difusión y de la integración social). Prescríbase que con el fin
último de lograr que la integración social de las personas con
discapacidad -acompañadas de perro de asistencia o perro guía- sea total y
efectiva, la Autoridad de Aplicación promoverá y llevará a cabo campañas
informativas y educativas de sensibilización dirigidas a la población en
general.