Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 32.
Artículo 4
La Comisión Honoraria del Fondo de Solidaridad transferirá al Ministerio
de Educación y Cultura dichos recursos, antes del 15 de abril de cada
ejercicio, para su afectación al Programa de Becas correspondiente.