Autorizase la circulación de vehículos de alto desempeño del tipo bitrén y tritén por el corredor Algorta - Fray Bentos por las Rutas N° 25, N° 24 y N° 2, Ramal a Puente hasta Intercambiador con Ramal Puente - Puerto y Ramal Puente - Puerto hasta la progresiva 307km., sujeto a las condiciones indicadas en el Anexo (*) del presente Decreto.