REGLAMENTACION DEL ART. 174 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LA APROBACION DEL PASAPORTE EQUINO UNICO OBLIGATORIO




Promulgación: 10/10/2023
Publicación: 20/10/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 174.

Artículo 14

   En caso de pérdida, deterioro justificado, falta de espacio para el ingreso de información, a criterio de la institución autorizada en consulta previa preceptiva con la Dirección General de Servicios Ganaderos, se podrá entregar un duplicado del Pasaporte Equino Único.
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