A tal efecto, deberán presentarse ante el Laboratorio Tecnológico del
Uruguay, dentro de los 90 días del presente decreto con la documentación
acreditante de la fabricación, y su enajenación con el destino indicado.
El Laboratorio Tecnológico del Uruguay apreciará la prueba aportada y
determinará si se ha cumplido el requisito probatorio referido, dando por
canceladas si correspondiere, las admisiones temporarias pendientes. (*)