Cometidos: a) Recibirá, registrará, tramitará y controlará todos
aquellos asuntos que sean materia de la Sub Dirección General de
Secretaría e Inspección Nacional de Policía.
b) Realizará y procesará estadísticas de los temas profesionales que se
determinen.
c) Cumplirá las notificaciones que se dispongan con relación a los
Oficiales Superiores Ejecutivos de la Policía Nacional. (*)
d) Actuará en la Secretaría de las Comisiones o tribunales que presida el
Sub Director General y Director de la Policía Nacional cuando éste así lo
determine.
e) Realizará las comunicaciones y tramitará las Ordenes, Circulares,
Directivas o Instrucciones que emita el Sub Director General de
Secretaría.
f) Llevará la Agenda Personal del Director de la Policia Nacional en
coordinación con sus Ayudantes y con los Jefes de Secretaría del Sr.
Ministro, Sub Secretario y Director General de Secretaría.
g) Cumplirá todas las demás funciones que oportunamente se dispongan.
(*)Notas:
Literal c) redacción dada por: Decreto Nº 162/012 de 22/05/2012 artículo
1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 309/997 de 22/08/1997 artículo 7.