VISTO: el Decreto 411/010 de 30 de diciembre de 2010.-
RESULTANDO: I) que el citado decreto modificó las categorías de vehículos
automotores establecidas para el Impuesto Específico Interno por el
artículo 35 del Decreto 96/990 de 21 de febrero de 1990.-
II) que diversas normas relativas al Impuesto al Valor Agregado y al
Impuesto Específico Interno, hacen referencia a la mencionada
categorización.-
CONSIDERANDO: necesario adecuar las normas reglamentarias a las nuevas
categorías.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 42/999 de 10/02/1999
artículo 4.
JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - HÉCTOR LESCANO