EXONERACION DEL IMESI A LAS EMPRESAS DE ARRENDAMIENTO DE AUTOMOVILES SIN CHOFER




Promulgación: 10/02/1999
Publicación: 18/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 273
Reglamentario/a de: T.O. 1996 (DGI) de 28/08/1996 artículo 4 - Título 11.

Artículo 4

Las exoneraciones tributarias alcanzarán exclusivamente a los automóviles de pasajeros comprendidos en la categoría "F4" y "F5" del artículo 35° 
del Decreto N° 96/990, de 21 de febrero de 1990, de acuerdo a lo 
dispuesto por el inciso 2° del artículo 4° del Título 11 del Texto
Ordenado 1996. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 309/011 de 31/08/2011 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 42/999 de 10/02/1999 artículo 4.
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