REGLAMENTACION DEL ART. 312 DE LA LEY 18.996 RELATIVO A LA EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES




Promulgación: 11/02/2014
Publicación: 19/02/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 146
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículo 312.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Para dar trámite a la solicitud referida en el artículo anterior, deberá
contarse con informe emitido por el Ministerio de Educación y Cultura o el
Ministerio de Turismo y Deportes, recomendando la exoneración, y aportando
los elementos que a su juicio hacen imprescindible el otorgamiento de la
misma como forma de viabilizar la actuación del o los artistas en el
territorio nacional, así como las razones de su interés cultural,
artístico o turístico, según corresponda.
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