En caso de ser sorprendido un alumno copiando, o realizando alguna
maniobra fraudulenta como puede ser, la posesión de textos, apuntes,
grabados, etc., destinados a su utilización maliciosa y
antirreglamentaria, se le aplicará además de la sanción disciplinaria que
corresponda, la eliminación del concurso, no pudiendo presentarse a otro
hasta el próximo período lectivo.
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 338/012 de 23/10/2012 artículo 4.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 310/978 de 06/06/1978 artículo 18.