MODIFICACION DEL MARCO REGLAMENTARIO RESPECTO A LA SOLICITUD DE REGISTRO Y AUTORIZACION DE VENTA DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS




Promulgación: 27/08/2007
Publicación: 03/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 482

Artículo 2

 Toda solicitud de registro de productos fitosanitarios fabricados o
formulados en el extranjero deberá presentarse acompañada de una
declaración del fabricante y/o formulador en la que conste:
a. Datos del ingrediente activo: características del ingrediente activo,
   indicando y aportando información técnica que avale:
   - Pureza mínima del principio(s) activo(s) en el/los producto(s)
   técnico(s) e impurezas, indicando su(s) concentración(es) máxima(s).
   - Análisis de impurezas correspondientes a 5 batches diferentes.
   - Características físicas y químicas del ingrediente activo (producto
   grado técnico).
b. Características del producto formulado indicando y aportando
   información técnica que la avala:
   - Composición química
   - Porcentaje de ingrediente activo
   - Tipo de formulación del producto
   - Características físicas y químicas de la formulación
c. Autorización de uso, formulación y/o comercialización en el país de
   origen, según corresponda, indicando número de autorización y entidad
   que la otorgó.
d. Datos de la empresa local a la que suministra la información (nombre,
   domicilio legal, teléfono).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3, 4 y 6.
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