FIJACION DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPORTACION DE MERCADERIAS MEDIANTE DOCUMENTO UNICO




Promulgación: 16/07/1992
Publicación: 25/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 59
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  Dispónese que en el referido documento se incluirá la liquidación de
todos los tributos que integran la Tasa Global Arancelaria, el Impuesto al
Valor Agregado, el Impuesto Específico  Interno y de todo otro tributo que
grava la importación o que se genera en ocasión de la misma. La Dirección
Nacional de Aduanas será el ente acreedor responsable de la recaudación de
todos los tributos que integran la Tasa Global Arancelaria. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 12.
Referencias al artículo
Ayuda