La solicitud de fraccionamiento de bienes inmuebles rurales del que
resultaren fracciones menores de cincuenta hectáreas, deberá acompañarse
de un informe técnico que evalúe el riesgo de erosión y degradación en
relación al diseño de las nuevas parcelas, su relieve y el tipo de suelo
en función del cumplimiento de las Normas Técnicas Básicas a los efectos
de no generar condiciones que favorezcan la degradación o erosión de los
suelos.