VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.276, de 4 de noviembre de 2000.
RESULTANDO: I) Que la mencionada norma legal, facultó al Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del beneficio del
Seguro por Desempleo a los trabajadores de la Empresa Metzen y Sena S.A.,
afectados por la situación de la referida empresa, en los términos,
plazos y condiciones que establezca la reglamentación.
II) Que por Decreto Nº 338/000, de 22 de noviembre de 2000, se autorizó
una ampliación del beneficio a dichos trabajadores hasta por ciento
ochenta días.
III) Que el Decreto 77/001, de 7 de marzo de 2001, autorizó una
ampliación del beneficio hasta por ciento ochenta días.
IV) Que por Decreto 48/002, de 6 de febrero de 2002, el Poder Ejecutivo
autorizó una ampliación del beneficio por 180 (ciento ochenta), días.
CONSIDERANDO: Que se entiende conveniente ampliar ese plazo por ciento
ochenta días.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la Ley Nº
17.276, de 4 de noviembre de 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la
cobertura del beneficio del Seguro por Desempleo, al personal de la
empresa Metzen y Sena S.A. que hayan agotado el plazo máximo de cobertura
dispuestas en los artículos 7º y 10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de
agosto de 1981 y Decretos Nº 338/000, de 22 de noviembre de 2000 y
77/001, de 7 de marzo de 2001 y 48/002, de 6 de febrero de 2002, así como
para aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio.