AUTORIZACION DE PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. METZEN Y SENA S.A.




Promulgación: 23/08/2002
Publicación: 30/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 492
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.276 de 04/11/2000.
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto en la Ley Nº 17.276, de 4 de noviembre de 2000.

RESULTANDO: I) Que la mencionada norma legal, facultó al Ministerio de 
Trabajo y Seguridad Social a extender la cobertura del beneficio del 
Seguro por Desempleo a los trabajadores de la Empresa Metzen y Sena S.A., 
afectados por la situación de la referida empresa, en los términos, 
plazos y condiciones que establezca la reglamentación.

II) Que por Decreto Nº 338/000, de 22 de noviembre de 2000, se autorizó 
una ampliación del beneficio a dichos trabajadores hasta por ciento 
ochenta días.

III) Que el Decreto 77/001, de 7 de marzo de 2001, autorizó una 
ampliación del beneficio hasta por ciento ochenta días.

IV) Que por Decreto 48/002, de 6 de febrero de 2002, el Poder Ejecutivo 
autorizó una ampliación del beneficio por 180 (ciento ochenta), días.

CONSIDERANDO: Que se entiende conveniente ampliar ese plazo por ciento 
ochenta días.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo dispuesto por la Ley Nº 
17.276, de 4 de noviembre de 2000.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender la 
cobertura del beneficio del Seguro por Desempleo, al personal de la 
empresa Metzen y Sena S.A. que hayan agotado el plazo máximo de cobertura 
dispuestas en los artículos 7º y 10º del Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de 
agosto de 1981 y Decretos Nº 338/000, de 22 de noviembre de 2000 y 
77/001, de 7 de marzo de 2001 y 48/002, de 6 de febrero de 2002, así como 
para aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio.
Referencias al artículo

BATLLE - ALVARO ALONSO


Ayuda