El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland correspondiente al ejercicio 2026;
CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, para el ejercicio 2026, de acuerdo con el siguiente detalle:
Conceptos
Pesos
INGRESOS OPERATIVOS
141.676.534.712
a precios de venta público
141.676.534.712
Subsidio Art. 5 Ley 16.211
0
EGRESOS
141.110.310.898
Operativos
139.245.465.898
Inversiones
1.864.845.000
RESULTADO PRESUPUESTAL
566.223.814
FINANCIAMIENTO
0
La apertura según concepto, así como los niveles de precios a los cuales se expresan las citadas partidas son los siguientes:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA - COMBUSTIBLES
Pesos
Pesos
1.- RECURSOS (Derivados + Lubricantes)
137.789.249.039
a)
Ingresos Propios
137.789.249.039
1
Ventas Netas
91.631.024.322
2
Otros Ingresos del Giro
0
3
Imesi e Iva
46.158.224.716
4
Otros Ingresos Ajenos al Giro
5
Subsidio Art. 5 Ley 16.211
0
b)
Financiamiento externo
0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos
Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.10
S/Programa Energía - (Derivados + Lubricantes)
114.078.984.888
1.100
Servicios Personales
3.459.819.291
1
Retribuciones de cargos permanentes
1.208.340.744
01
Sueldo básico de cargos
1.208.340.744
05
Gastos de representación en el país con aportes
0
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
4.716.000
01
Sueldo básico funciones contratadas
4.716.000
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
921.848.160
02
Compensaciones
161.553.277
03
Productividad y dedicación
198.088.458
04
Antigüedad
27.460.218
05
Complementos
450.377.019
06
Diferencia por subrogración
12.452.817
08
Aumentos especiales
71.916.372
5
Retribuciones diversas especiales
397.042.336
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
61.159.358
03
Licencias generadas y no gozadas
21.124.073
07
Becas de trabajo y pasantías
3.777.517
08
Horas Extras
80.472.209
09
Sueldo anual complementario
230.509.179
6
Beneficios al personal
313.625.303
04
Contribuciones por asistencia médica
-
07
Compensación por alimentación con aportes
283.676.784
09
Otros beneficios al personal
29.948.519
7
Beneficios familiares
11.629.369
01
Prima por matrimonio
69.245
02
Hogar constituido
11.490.878
03
Prima por nacimiento
69.245
04
Prestaciones por hijo
-
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
602.617.380
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
409.682.844
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
29.282.527
07
Aporte patronal a FONASA
134.369.481
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
29.282.527
9
Otras retribuciones
0
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
0
1.101
Bienes de Consumo
63.652.553.248
1. Partidas No Limitativas
4
Productos energéticos
12.489.222.198
5
Productos químicos derivados del petróleo y conexos (Lubricantes)
465.482.735
6
Productos minerales
50.008.793.077
1. Partidas Limitativas
varios
689.055.237
1.102
Servicios No Personales
46.569.910.831
2. Partidas No Limitativas
1
Servicios básicos
786.825.113
4
Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
1.985.974.563
6 01/01
IVA de inversiones
207.066.387
6 01/03
IVA de gastos (deducible)
2.061.227.977
6 01/04
IVA de gastos (no deducible)
0
6 01/05
IVA a pagar
0
6 01/07
Tributos judiciales
0
6 01/08
IMESI
35.859.167.739
6 01/12
Canon de producción
0
6 02/01
Impuesto a la renta
221.280
6 02/02
Impuesto al Patrimonio
693.593.544
6 03
Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
94.025.157
6 03/04
Tasa de Inflamables
0
6 09
Otros
3.506.303.796
2. Partidas Limitativas
varios
1.375.505.276
1.103
Bienes de Uso
230.741.590
230.741.590
1.104
Activos Financieros
-
-
1.105
Transferencias
-
1
Transferencias corrientes al sector público
-
2
Transferencias corrientes al sector privado
-
3
Transferencias de capital al sector público
-
1.106
Int. y Otros Gtos de Deuda
-
-
1.107
Gastos No Clasificados
165.959.930
165.959.930
1.108
Aplicaciones Financieras
-
-
PROGRAMA 1.11 ENERGIA - GAS NATURAL
Pesos
Pesos
1.- RECURSOS
2.226.252.750
a)
Ingresos Propios
2.226.252.750
1
Ventas Netas
1.905.914.582
2
Iva
320.338.168
b)
Financiamiento Externo
-
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos
Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.11
S/Programa Energía - Gas Natural.-
2.144.635.302
1.100
Servicios Personales
38.425.672
1
Retribuciones de cargos permanentes
14.619.075
01
Sueldo básico de cargos
14.619.075
05
Gastos de representación en el país con aportes
0
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
0
01
Sueldo básico funciones contratadas
0
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
9.768.362
02
Compensaciones
2.373.596
03
Productividad y dedicación
2.360.606
04
Antigüedad
464.529
05
Complementos
3.659.182
06
Diferencia por subrogración
0
08
Aumentos especiales
910.450
5
Retribuciones diversas especiales
5.892.161
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
866.784
03
Licencias generadas y no gozadas
668.604
07
Becas de trabajo y pasantías
0
08
Horas Extras
915.305
09
Sueldo anual complementario
3.441.467
6
Beneficios al personal
2.773.196
04
Contribuciones por asistencia médica
-
07
Compensación por alimentación con aportes
2.508.396
09
Otros beneficios al personal
264.800
7
Beneficios familiares
165.715
01
Prima por matrimonio
0
02
Hogar constituido
165.715
03
Prima por nacimiento
0
04
Prestaciones por hijo
-
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
5.207.163
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
2.786.385
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
371.518
07
Aporte patronal a FONASA
1.677.742
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
371.518
9
Otras retribuciones
0
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
0
1.111
Bienes de Consumo
1.201.691.453
1. Partidas No Limitativas
6
Productos minerales
1.200.360.000
1. Partidas Limitativas
varios
1.331.453
1.112
Servicios No Personales
904.289.293
2. Partidas No Limitativas
1
Servicios básicos
178.113
4
Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
488.718.000
6 01/01
IVA de inversiones
-
6 01/03
IVA de gastos (deducible)
378.994.057
6 01/04
IVA de gastos (no deducible)
-
6 01/05
IVA a pagar
-
6 01/07
Tributos judiciales
-
6 01/08
IMESI
-
6 01/12
Canon de producción
-
6 02/01
Impuesto a la renta
-
6 02/02
Impuesto al Patrimonio
-
6 03
Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
4.044.040
6 03/04
Tasa de Inflamables
-
6 09
Otros
30.629.181
2. Partidas Limitativas
varios
1.725.902
1.113
Bienes de Uso
42.870
42.870
1.114
Activos Financieros
-
-
1.115
Transferencias
0
1
Transferencias corrientes al sector público
2
Transferencias corrientes al sector privado
3
Transferencias de capital al sector público
1.116
Int. y Otros Gtos de Deuda
-
-
1.117
Gastos No Clasificados
186.014
186.014
1.118
Aplicaciones Financieras
-
-
PROGRAMA 1.12 ENERGIA - SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
Pesos
Pesos
1.- RECURSOS
0
a)
Ingresos Propios
-
-
De Terceros
b)
Financiamiento Externo
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos
Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.12
S/Programa Energía - Servicios Comunes a la Empresa.-
19.609.632.250
1.100
Servicios Personales
2.113.871.752
1
Retribuciones de cargos permanentes
1.006.852.660
01
Sueldo básico de cargos
1.003.660.108
05
Gastos de representación en el país con aportes
3.192.552
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
0
01
Sueldo básico funciones contratadas
0
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
395.574.786
02
Compensaciones
135.293.219
03
Productividad y dedicación
137.183.280
04
Antigüedad
21.701.273
05
Complementos
43.441.330
06
Diferencia por subrogración
12.658.586
08
Aumentos especiales
45.297.098
5
Retribuciones diversas especiales
229.665.284
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
5.984.653
03
Licencias generadas y no gozadas
19.838.359
07
Becas de trabajo y pasantías
4.782.235
08
Horas Extras
55.764.740
09
Sueldo anual complementario
143.295.298
6
Beneficios al personal
206.854.413
04
Contribuciones por asistencia médica
1.700.760
07
Compensación por alimentación con aportes
187.673.628
09
Otros beneficios al personal
17.480.025
7
Beneficios familiares
7.119.526
01
Prima por matrimonio
89.526
02
Hogar constituido
6.935.503
03
Prima por nacimiento
69.245
04
Prestaciones por hijo
25.252
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
264.210.629
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
140.391.420
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
18.718.856
07
Aporte patronal a FONASA
86.381.497
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
18.718.856
9
Otras retribuciones
3.594.453
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
3.594.453
1.121
Bienes de Consumo
92.578.107
92.578.107
1.122
Servicios No Personales
11.372.766.394
2. Partidas No Limitativas
4
Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
-
6 01/01
IVA de inversiones
152.053.031
6 01/03
IVA de gastos (deducible)
535.082.088
6 01/04
IVA de gastos (no deducible)
-
6 01/05
IVA a pagar
7.198.811.439
6 01/07
Tributos judiciales
-
6 01/08
IMESI
-
6 01/12
Canon de producción
-
6 02/01
Impuesto a la renta
-
6 02/02
Impuesto al Patrimonio
-
6 03
Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
239.266.683
6 03/04
Tasa de Inflamables
-
6 04
Primas y otros gastos
1.460.132.323
6 09
Otros
-
2. Partidas Limitativas
varios
1.787.420.829
1.123
Bienes de Uso
4.742.173
4.742.173
1.124
Activos Financieros
16.696.775
16.696.775
1.125
Transferencias
13.715.156
1
Transferencias corrientes al sector público
2.107.846
2
Transferencias corrientes al sector privado
-
5
Transferencias de capital al sector público
2.107.846
7
Transferencias a unidades familiares
9.499.464
1.126
Int. y Otros Gtos de Deuda
313.624.308
313.624.308
1.127
Gastos No Clasificados
184.071.912
184.071.912
1.128
Aplicaciones Financieras
5.497.565.673
5.497.565.673
PROGRAMA 1.13 ENERGIA - FACTOR HUMANO A REAPLICAR.-
Pesos
Pesos
1.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO
DENOMINACION
1.13
S/Programa Energía - Factor Humano a Reaplicar.-
132.307.030
1.100
Servicios Personales
132.307.030
1
Retribuciones de cargos permanentes
64.079.097
01
Sueldo básico de cargos
64.079.097
05
Gastos de representación en el país con aportes
0
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
0
01
Sueldo básico funciones contratadas
0
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
24.431.468
02
Compensaciones
6.804.394
03
Productividad y dedicación
8.745.070
04
Antigüedad
1.636.622
05
Complementos
2.467.937
06
Diferencia por subrogración
1.912.906
08
Aumentos especiales
2.864.539
5
Retribuciones diversas especiales
17.409.742
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
129.247
03
Licencias generadas y no gozadas
3.883.940
07
Becas de trabajo y pasantías
0
08
Horas Extras
3.502.272
09
Sueldo anual complementario
9.894.284
6
Beneficios al personal
9.648.809
04
Contribuciones por asistencia médica
-
07
Compensación por alimentación con aportes
8.893.404
09
Otros beneficios al personal
755.405
7
Beneficios familiares
454.533
01
Prima por matrimonio
0
02
Hogar constituido
454.533
03
Prima por nacimiento
0
04
Prestaciones por hijo
-
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
16.283.380
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
8.680.708
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
1.157.428
07
Aporte patronal a FONASA
5.287.816
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
1.157.428
9
Otras retribuciones
0
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
0
PROGRAMA 1.3 - PORTLAND
Pesos
Pesos
1.- RECURSOS
1.661.032.924
a)
Ingresos Propios
1.661.032.924
1
Ventas Netas
1.361.502.396
2
Transferencias Interdivisionales
3
Iva
299.530.527
b)
Financiamiento Externo
-
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos
Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.30
Programa Portland
3.279.906.429
1.300
Servicios Personales
715.905.904
1
Retribuciones de cargos permanentes
262.437.784
01
Sueldo básico de cargos
262.437.784
05
Gastos de representación en el país con aportes
0
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
0
01
Sueldo básico funciones contratadas
0
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
188.415.922
02
Compensaciones
23.026.788
03
Productividad y dedicación
42.425.088
04
Antigüedad
6.099.052
05
Complementos
94.620.352
06
Diferencia por subrogración
6.077.841
08
Aumentos especiales
16.166.802
5
Retribuciones diversas especiales
85.708.282
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
15.007.204
03
Licencias generadas y no gozadas
5.198.540
07
Becas de trabajo y pasantías
1.046.376
08
Horas Extras
15.339.818
09
Sueldo anual complementario
49.116.343
6
Beneficios al personal
83.762.985
04
Contribuciones por asistencia médica
-
07
Compensación por alimentación con aportes
75.023.844
09
Otros beneficios al personal
8.739.141
7
Beneficios familiares
2.421.809
01
Prima por matrimonio
15.388
02
Hogar constituido
2.391.034
03
Prima por nacimiento
15.388
04
Prestaciones por hijo
-
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
93.159.121
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
49.560.278
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
6.608.037
07
Aporte patronal a FONASA
30.382.769
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.608.037
9
Otras retribuciones
0
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
0
1.301
Bienes de Consumo
828.481.940
1. Partidas No Limitativas
4
Productos energéticos
358.399.143
1. Partidas Limitativas
varios
470.082.796
1.302
Servicios No Personales
1.611.922.172
2. Partidas No Limitativas
1
Servicios básicos
257.682.811
4
Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
Inversiones
Apruébese el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por un monto de $ 1.864.845.000 (Pesos Uruguayos mil ochocientos sesenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil). El detalle a nivel de grupos según el Clasificador del Gasto Público aprobado por Decreto No.395/998 del 30 de diciembre de 1998, es el siguiente:
GRUPO
DENOMINACION
PESOS
0
Servicios Personales
-
1
Bienes de Consumo
-
2
Servicios No Personales
-
3
Bienes de Uso
1.774.903.740
4
Activos Financieros
89.941.260
TOTAL
1.864.845.000
La apertura de Inversiones por proyecto, fuente de financiamiento y por moneda extranjera, se detalla en los cuadros anexos y forman parte integrante de este decreto. Los estados presupuestales que se adjuntan forman parte integrante de este decreto en tanto no se opongan específicamente a las disposiciones contenidas en el mismo.
Las inversiones se regularán en lo pertinente, por las normas dispuestas en el Decreto N° 123/012, de 16 de abril de 2012, sus modificativos y concordantes, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se ajustarán a las siguientes disposiciones:
1. Las trasposiciones de créditos presupuestales de inversión regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio
2. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio y deberán ser comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
3. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de distintos programas, deberán ser autorizadas por el Directorio previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La solicitud deberá ser presentada ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en forma fundada e identificando en qué medida el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos reforzantes y reforzados se verán afectados por la trasposición solicitada.
4. Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio de fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los cambios de fuente de financiamiento sólo se podrán autorizar si existe disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia.
5. Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de inversión financiados total o parcialmente con endeudamiento externo, podrán ser utilizadas para reforzar asignaciones presupuestales de proyectos financiados exclusivamente con recursos internos, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Todas las trasposiciones realizadas en el Presupuesto de Inversiones deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los anexos I, II y III (*) adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
Resultado presupuestal y financiamiento
De acuerdo al nivel de ingresos proyectado y las Asignaciones Presupuestales del Plan Operativo, el mismo presenta un resultado operativo superavitario total de $ 2.431.068.814 (pesos uruguayos dos mil cuatrocientos treinta y un millones sesenta y ocho mil ochocientos catorce), considerando dentro de los ingresos un subsidio implícito por tarifas de $ 0 (artículo 5° Ley 16.211, con la redacción dada por artículo 349 Ley 19.996). El Programa Energía presenta un resultado operativo superavitario de $4.049.942.319 (pesos uruguayos cuatro mil cuarenta y nueve millones novecientos cuarenta y dos mil trescientos diecinueve) que subsidia internamente (de acuerdo al artículo 5° Ley N° 16.211) el resultado operativo deficitario de $ 1.618.873.505 (pesos uruguayos mil seiscientos dieciocho millones ochocientos setenta y tres mil quinientos cinco) del Programa Portland. Las amortizaciones del vale de la línea de crédito del BROU número 703192713/0 se prevé para el ejercicio 2027, habiendo sido previstos los intereses estimados dentro del grupo 6.
Presupuesto de compras (operativo e inversiones)
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland correspondientes al ejercicio 2026, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pesos
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA - (Operativo e Inversiones).-
137.687.861.720
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
5.744.423.745
1
Retribuciones de cargos permanentes
2.293.891.575
01
Sueldo básico de cargos
2.290.699.023
05
Gastos de representación en el país con aportes
3.192.552
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
4.716.000
01
Sueldo básico funciones contratadas
4.716.000
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
1.351.622.776
02
Compensaciones
306.024.485
03
Productividad y dedicación
346.377.413
04
Antigüedad
51.262.642
05
Complementos
499.945.468
06
Diferencia por subrogración
27.024.309
08
Aumentos especiales
120.988.459
5
Retribuciones diversas especiales
650.009.523
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
68.140 .041
03
Licencias generadas y no gozadas
45.514.976
07
Becas de trabajo y pasantías
8.559.753
08
Horas Extras
140.654.526
09
Sueldo anual complementario
387.140.227
6
Beneficios al personal
532.901.722
04
Contribuciones por asistencia médica
1.700.760
07
Compensación por alimentación con aportes
482.752.212
09
Otros beneficios al personal
48.448.750
7
Beneficios familiares
19.369.143
01
Prima por matrimonio
158.771
02
Hogar constituido
19.046.629
03
Prima por nacimiento
138.491
04
Prestaciones por hijo
25.252
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
888.318.552
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
561.541.358
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
49.530.329
07
Aporte patronal a FONASA
227.716.536
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
49.530.329
9
Otras retribuciones
3.594.453
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
3.594.453
1
BIENES DE CONSUMO
64.946.822.808
1
Alim.y Prod. Agrop.Forest.y Mar.
34.175.583
2
Prod.Textil, Prend. de Vest.y Cuero
28.721.392
3
Prod. Papel, Libros e Impresos
17.835.971
4
Prod. Energéticos
12.493.783.784
5
Prod. Químicos y Conexos
1.042.455.780
6
Productos Minerales
51.209.396.585
7
Prod. Metálicos
58.035.150
9
Otros Bienes de Consumo.-
62.418.563
2
SERVICIOS NO PERSONALES
58.846.966.518
1
Servicios Básicos
860.727.586
2
Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
63.194.813
3
Pasajes, Viáticos y Otros Gtos de Trasl.
92.032.123
4
Transp. de carga, Serv. Comp. y Almac.
2.474.692.563
5
Arrendamientos
43.559.758
6
Tributos Municipales y Nacionales
52.402.604.315
7
Serv. P/Mant.Repar. Menores y Limpieza.-
1.228.436.080
8
Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
380.046.880
9
Otros Servicios No Personales
1.301.672.399
3
BIENES DE USO
1.867.887.622
1
Maquinarias y equipos de producción
0
2
Maquinas, mobiliario y equipos de oficina
0
3
Equipamiento sanitarios, y científicos
0
4
Equipamiento educacional, cultural y recreativo
0
5
Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones
0
6
Motores y repuestos mayores
235.526.632
7
Tierras, edificios y otros bienes preexistentes
0
8
Construcciones, mejoras y reparaciones mayores
0
9
Otros bienes de uso
1.632.360.990
4
ACTIVOS FINANCIEROS
106.638.035
01
Compra de acciones y participación de capital
89.941.260
03
Préstamos otorgados a corto plazo
16.696.775
5
TRANSFERENCIAS
13.715.156
1
Transferencias corrientes al sector público
2.107.846
2
Transferencias corrientes al sector privado
0
5
Transferencias de capital al sector público
2.107.846
7
Transferencias a unidades familiares
9.499.464
6
INT. Y OTROS GASTOS DE DEUDA
313.624.308
02
Intereses Deuda Interna
313.624.308
04
Intereses Deuda Externa
0
7
GASTOS NO CLASIFICADOS
350.217.855
1
Sent. judiciales y acontec. graves e imprevistos
174.594.343
2
Otros gastos extraordinarios
0
4
Partidas a Reaplicar
175.623.513
8
APLICACIONES FINANCIERAS
5.497.565.673
02
Amortización Deuda Interna
5.497.565.673
04
Amortización Deuda Externa
0
06
Obligaciones a pagar de ejercicios anteriores
0
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND - (Operativo e Inversiones).-
3.422.449.179
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
715.905.904
1
Retribuciones de cargos permanentes
262.437.784
01
Sueldo básico de cargos
262.437.784
05
Gastos de representación en el país con aportes
0
2
Retrib.pers.contratado funciones permanentes
0
01
Sueldo básico funciones contratadas
0
3
Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
0
01
Retribuciones zafrales y temporales
0
4
Retribuciones complementarias
188.415.922
02
Compensaciones
23.026.788
03
Productividad y dedicación
42.425.088
04
Antigüedad
6.099.052
05
Complementos
94.620.352
06
Diferencia por subrogración
6.077.841
08
Aumentos especiales
16.166.802
5
Retribuciones diversas especiales
85.708.282
02
Por trabajo en días inhábiles y nocturno
15.007.204
03
Licencias generadas y no gozadas
5.198.540
07
Becas de trabajo y pasantías
1.046.376
08
Horas Extras
15.339.818
09
Sueldo anual complementario
49.116.343
6
Beneficios al personal
83.762.985
04
Contribuciones por asistencia médica
-
07
Compensación por alimentación con aportes
75.023.844
09
Otros beneficios al personal
8.739.141
7
Beneficios familiares
2.421.809
01
Prima por matrimonio
15.388
02
Hogar constituido
2.391.034
03
Prima por nacimiento
15.388
04
Prestaciones por hijo
-
09
Otros beneficios familiares
-
8
Cargas legales sobre servicios personales
93.159.121
01
Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
49.560.278
02
Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
6.608.037
07
Aporte patronal a FONASA
30.382.769
08
Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.608.037
9
Otras retribuciones
0
04
Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
0
1
BIENES DE CONSUMO
828.481.940
1
Alimentos y Productos Agropecuarios,etc.
14.313.539
2
Productos Textiles, Prend. de Vestir,etc.
772.821
3
Productos de Papel, Libros e Impresos
57.324.612
4
Productos Energéticos
358.399.143
5
Productos Químicos y Conexos
53.820.560
6
Productos Minerales
279.347.232
7
Productos Metálicos
52.869.469
9
Otros Bienes de Consumo.
11.634.561
2
SERVICIOS NO PERSONALES
1.611.922.172
1
Servicios Básicos
257.682.811
2
Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
0
3
Pasajes, Viáticos,etc.
120.310
4
Transporte de carga,etc.
218.575.019
5
Arrendamientos
16.046.221
6
Tributos,Seguros y Comisiones
522.668.001
7
Ss Mantenimiento, Reparaciones Menores,etc.
130.090.087
8
Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
14.627.696
9
Otros Servicios No Personales
452.112.027
3
BIENES DE US0
193.802.545
1
Maquinarias y equipos de producción
0
2
Maquinas, mobiliario y equipos de oficina
0
3
Equipamiento sanitarios, y científicos
0
4
Equipamiento educacional, cultural y recreativo
0
5
Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones
Presupuesto de compras
El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención preventiva de legalidad del gasto a nivel total del Programa Energía y Programa Pórtland. Se presentará en forma global, a nivel de toda la Empresa con una apertura a nivel de objeto para los Grupos 0 "Servicios Personales", y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de Consumo", Grupo 2 "Servicios no Personales", Grupo 3 "Bienes de Uso", Grupo 4 "Activos Financieros", Grupo 5 "Transferencias", Grupo 6 "Intereses y Otros Gastos de la Deuda", Grupo 7 "Gastos no Clasificados" y el Grupo 8 "Aplicaciones Financieras". Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.
Metodología de elaboración y ejecución del presupuesto
El criterio de imputación en el Presupuesto de Compras será el de afectar los créditos autorizados por los compromisos contraídos que respondan a ejecuciones del ejercicio. Se contabilizan además los compromisos asumidos en el ejercicio que se prevén incorporar en ejercicios siguientes. El control de disponibilidad se realizará en forma previa al compromiso, considerando lo comprometido en cada ejercicio con respecto a la asignación correspondiente.
Para la elaboración y ejecución del presupuesto anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo.
Partidas no limitativas
Las siguientes no constituyen partidas limitativas, para los objetos de los siguientes subgrupos, únicamente en los programas / subprogramas que se indican entre paréntesis:
a) Subgrupo 1.4.-Productos energéticos ("Combustible" y "Portland")
b) Subgrupo 1.5.-Productos químicos ("Lubricantes")
c) Subgrupo 1.6. Productos minerales ("Combustible" y "Gas Natural")
d) Subgrupo 2.1. Servicios básicos ("Combustible", "Lubricantes", "Gas
Natural" y "Portland")
e) Subgrupo 2.4. Transporte de carga, servicios complementarios y
almacenamiento ("Energía" y "Portland")
f) Subgrupo 2.6. Tributos, multas, recargos, seguros y comisiones,
excepto objeto 2.6.04 Primas y otros gastos de seguro ("Combustible",
"Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland") y 2.6.06 Comisiones
("Energía" y "Portland")
g) Subgrupo 2.9. Otros servicios no personales ("Gas Natural")
h) Objeto 5.1.09.002 - Versión de Resultados (Art. 643° de la Ley N°
16.170) ("Servicios Comunes a la Empresa")
i) Objeto 5.7.05 - Transferencias unidades familiares por cese de
actividad ("Portland")
j) Grupo 6 ("Energía" y "Portland")
k) Grupo 8 ("Energía" y "Portland")
Todas las partidas detalladas anteriormente y definidas como no limitativas, no podrán ser utilizadas como reforzantes.
El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con sus necesidades dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Las ampliaciones de créditos de partidas no limitativas regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Nivel de Precios
La totalidad de los recursos se expresan a precios promedio del período enero-junio 2025. El Grupo 0 "Servicios Personales", así como todos los montos vinculados a remuneraciones y beneficios mencionados en el articulado, se expresan recogiendo los aumentos salariales registrados en enero de 2025. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de $ 42,87 (pesos uruguayos cuarenta y dos con 87/100) por dólar estadounidense. Las demás asignaciones en moneda nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de 2025 (IPC = 112,90, BPC = $ 6.576, UR = $ 1.795,09, IMS = 489,39, UI: $ 6,31).
Adecuaciones presupuestales
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de los grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los importes de cada objeto, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precios promedio corrientes del año. Dichos ajustes se realizarán en función de los aumentos salariales dispuestos, la variación estimada del Índice de Precios al Consumo y el Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado.
El Directorio en un plazo no mayor de 30 días, deberá elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder a su previo informe favorable; obtenido el mismo regirán las partidas adecuadas.
Todas las actualizaciones de ingresos y asignaciones presupuestales deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por la Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
Grupo 0 - tope
Ninguna persona física que preste servicios personales al Ente, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% (sesenta por ciento) de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 y en el Decreto N° 20/024, de 17 de enero de 2024.
Grupo 0 - Personal de confianza
Contratación de personal de confianza. La contratación de personal de confianza en tareas de secretaría, asesoría, etc., se regirá por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 en redacción dada por el artículo 512 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, no pudiéndose ejecutar una partida superior al 90% del tope legal por Director.
El contrato que se celebre cesará por vencimiento del plazo establecido, por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Asimismo, las compensaciones otorgadas quedarán sin efecto por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Los honorarios incluyendo el IVA, los salarios y las compensaciones dispuestos en el marco del artículo 23 de la Ley N° 17.556 se imputarán al Objeto del Gasto 0.4.2.088 "Compensación Adscriptos al Directorio"
Grupo 0 - viáticos y rendición de cuentas (asesores y secretarios de directores)
Se condiciona el pago de viáticos a Asesores y Secretarios de Directores por cumplimiento de misiones en el Interior o Exterior del país, a que los mismos estén sujetos a rendición de cuentas, sin exceder el tope máximo admitido para los funcionarios del Organismo según Resolución (D) 1088/10/2015.
Sistema de remuneración variable - (SRV)
El monto que podrá ser distribuido por el S.R.V., será inferior a un máximo del 12,77 % de las partidas salariales susceptibles de ajustes salariales generales - excluido el propio S.R.V. - (partidas de índole salarial incluidas en el Grupo 0 "Servicios Personales"), excluyendo aquellas que se ajustan por coeficientes específicos (a vía de ejemplo los Beneficios Familiares; Prima por Antigüedad; Quebranto de Caja; Compensación por Vivienda; Viático por Alimentación; Consumo de Bienes que produce o presta la Empresa, etc.) Aguinaldo y Cargas Legales sobre Servicios Personales.
Determinación del SRV Individual
La Remuneración Variable será pagada en función de la puntuación obtenida por cada funcionario en los tres bloques de indicadores: Desempeño institucional (empresa); Desempeño sectorial (división o unidad) y Desempeño individual. La ponderación de cada bloque, para el 2026 a liquidarse en el 2027, será del 30 %; 50 % y 20 % respectivamente. Para cada indicador se definirá un porcentaje mínimo por debajo del cual no se abonará SRV. Percibirán el SRV todos los trabajadores de las Empresas cuyas remuneraciones sean abonadas con cargo al Grupo 0 a excepción de los cargos políticos o de particular confianza; pasantes; becarios y zafrales cuya permanencia sea menor a 6 meses en el año en que se calcula el SRV.
Indicadores de Desempeño Institucional
Al menos uno de los indicadores que se incluirá en el cálculo del SRV estará relacionado con los resultados de la Empresa y su meta deberá ser coherente con el presupuesto aprobado. Si existiese alguna variable externa de gran impacto sobre la cual la Empresa posee mínima o nula capacidad de influencia, se asumirá en su cálculo un valor estándar idéntico al presupuestado para que el mismo no se vea afectado.
Indicadores de Desempeño Sectorial
Los indicadores medirán el desempeño físico en términos de productividad a nivel de sector, asociados además con el cuadro de mando de la empresa. Se establecerá una cláusula de salvaguarda por la cual a pesar de que la empresa haya tenido pérdidas, un sector o sectores percibirán el SRV dado el cumplimiento en forma excepcional de tareas de interés superior para la Empresa. Dicha excepción requerirá el previo acuerdo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Indicadores de Desempeño Individual
Estos indicadores alentarán conductas de los trabajadores que repercutan positivamente en la gestión de la Empresa, vinculándose como mínimo a la capacitación relevante para la Empresa y calificación del funcionario estableciéndose pautas mínimas y máximas a alcanzar. De optar exclusivamente por el Presentismo o por no poseer la Empresa mecanismos de evaluación de desempeño individual, el mismo se considerará en forma independiente de los Indicadores Globales y Sectoriales penalizando en forma global el resultado derivado del grado de cumplimiento de las metas de los mismos.
Criterio de Distribución.
La distribución del SRV será en un mes distinto a aquellos donde se abone el aguinaldo y en momentos diferentes al sueldo. La frecuencia de distribución será de una vez al año salvo que se acuerde algo diferente en los ámbitos paritarios, pero nunca superando la frecuencia vigente. El pago del SRV será proporcional a la masa salarial individual calculada según el criterio expuesto en el inciso 1° del presente artículo.
Revisión.
Los indicadores y las metas se revisarán anualmente.
Aprobación del SRV.
En la fase de diseño del SRV, la administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto acordarán un plan de trabajo conjunto. Una vez acordado el diseño, el SRV y la verificación de las metas e indicadores serán aprobados por el Directorio. La partida incluida en el objeto "Sistema de Remuneración Variable", sólo podrá ejecutarse una vez que la Empresa haya obtenido el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el mismo haya sido comunicado al Tribunal de Cuentas. De existir revisiones anuales del SRV se deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y deberán ser comunicadas al Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas.
Aprobación del Pago.
Verificados el cumplimiento de los indicadores y previo al pago del SRV, la Empresa deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Prima por antigüedad
La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2 % (dos por ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.
Quebranto de caja
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1° de junio de 1986.
Trabajo en horario extraordinario
La realización del trabajo en horario extraordinario es habitualmente necesario para sostener el funcionamiento de las áreas operativas, y en forma excepcional la de servicios. La reglamentación general de horas extras, que fuera aprobada por Res (D) 1076/10/2010 y modificada por la Res (D) 620/5/2012, 196/2/2013 y 942/12/2023; establecen la regulación de dicho trabajo extraordinario.
Compensación choferes
Las partidas presupuestadas en 0.4.2.042 - "Compensación Choferes", aprobadas por Res. (D) N°322/5/2022, sustituyen el pago de horas extraordinarias y el pago de viáticos por los viajes de transporte de combustibles desde y hacia el interior del País.
Retribuciones y compensaciones
Las partidas presupuestadas en el 0.4.2 "Retribuciones y Compensaciones" contiene los ítems: Radicación Interior - Res (D) 1.136/12/82, Res. (D) 399/4/983, Compensación Desarraigo - Res. (D)818/12/22; Gastos de Representación - los fija la O.P.P; Compensación Vivienda - Res. (D) 36/1/2023, Res. (D) 143/3/2023, Res. (D) 691/10/2022, Res (D) 36/01/2020 y modificativa Res (D) 361/6/2020, Res (D) 208/4/997, Res (D) 578/5/2011, Res (D) 28/01/2024; Ajuste Compensaciones - Se utiliza para el ajuste de las compensaciones; Comp. Sueldo Variable - Res (D) 450/04/85; - Res (D) 1.751 /09/87 y Res. (D) 550/7/2006; - Res (D) 779/07/94, Res. (D) 1292/12/995; Res (D) 767/11/2023; Res (D) 620/10/03 y Res. (GG) 156/2006; Guardia Derrame Hidrocarburos - Res (D) 34/01/98 y Res. (D) 547/7/2007, Res. (D) 894/12/2020 y Res. (D) 17/01/2025; Compensación Riesgo al 100, 75 y 12 % - Res. (D) 749/05/88 y Res. (D) 987/6/990; Otros c/Montepío en más - Ajuste; Ficto Vivienda - Ley 16.713; Retribución Instructor Res. (D)928/11/18; Devol. Tiempo no Trabajado Importe - Cuando se devuelve Dto. Tiempo N/ Trabajado; Compensación Temporada Estival - Res. (D) 1781/12/985, Res. (D) 2944/11/986, Res (D) 290/04/05 y Res (D) 818/2/22; Compensación Cantera Quegüay - Res (D) 313/03/11, Res (D) 1010/8/2011, 822/6/2014; Guardia At. Emergencias - Res (D) 817/12/2020; Compensación Licencia Médica - Res (D) 1.095/11/09; Comp. Altos Ejecutivos - Ley 15.903 - Art. 26; Comp. Secret. Directorio - Res. (D) 117/02/98 y Res. (D) 818/9/2009; Horas Tarea Especial (Penosa) - Res (D) 728/05/88, Res (D) 707/4/991, Res. (D) 824/8/2010, Res (D) 1048/10/2015 y Res (GG) 006/2020; Horas Pusher al 8 % - Res. (D) 937/04/70, Res. (D) 1083/7/988 y 486/6/2005; Ajust. c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Hora de Riesgo al 75 % - Res (D) 749/05/88; Ajust c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Horaria - Ajustes; Licencia No Gozada - Se paga la licencia que el funcionario no se toma; Retribución no Funcionarios - Res (D) 287/3/2015; y Descuento Ficto Vivienda - Ley 16.713.- Compensación a Inspectores de Control de Combustibles y Alcoholes - Res (D) 622/05/2012 y 649/05/2012; Compensación a Contadores Delegados - Res (D) 1.437/10/2013; Compensación por Operación de Grúa Res. (D) 376/9/997 (Art. 11° Convenio) y Res (D) 60/01/2013; Compensación por Locomoción a Profesionales Junior y Senior del Servicio Jurídico afectados a la procuración Res (D) 1682/11/2013; Compensación Sueldos - Res (D) 168/02/2014; Compensación por uso de autos particulares para desempeño de tareas - Res. (D) N° 1259/11/993, Res. (D) 138/2/2014 y Res. (D) 128/2/2019; Compensación a Asistentes de Intendencia asignados al 5° Piso, Res (D) 156/02/2015, Compensación a choferes del Directorio y Gerencia General Res(D) 482/7/2020, Res (D) 10/01/2021; Comp Coord choferes RD 32552025 Res(D) .N° 325/5/2025; Compensación al personal afectado al trabajo administrativo en la Secretaría de la Gerencia General Res (D) N° 487/6/2018 "Compensación tareas en Directorios y órganos de contralor de empresas vinculadas". Compensación Res(D) 543/6/2018 y Res(D) N° 388/6/2023; Res. (D) N° 196/3/2023 "Compensación Informática".
Regímenes laborales: buques, turnos, tablada y Paysandú
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.032 "Régimen Laboral buques" comprenden los ítems: Horas Extras Buques, Compensación Franqueo Tripulantes, Prima por Inflamables, Navegación - Res. (D) N° 49/01/1997 y Res. (D) N° 12/1/998; Convenio Laboral Provisorio embarcación Ky Chororo Res. (D) N° 1145/11/2015; Compensación Oficiales y Riesgo Navegación -Res (D) N° 1.363/10/1994, 480/8/2001, N° 77/1/2007 y N° 1039/8/2011; Compensación Desempeño buques según Convenio aprobado por Res. (D) N° 901/10/18 y su extensión al E/R Ky Chororo aprobada por Res. (D) N° 918/10/18.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.033 "Régimen Laboral turnos" comprenden los ítems: Compensación Rotación Turnos integrales, Asueto Rotativo, Turnos Rotativos, Compensación 6° día, Horas Sexto Día 2 x 1 - Res. (D) 194/2/2013, Res. (D) 984/7/2014 y 171/2/2015; Compensación por Transición - Res (D) 65/01/2012; Horas extras en turnos - Res. (D) N° 1076/10/2010, modificada por Res. (D) 620/5/2012, 196/2/2013; Horas Nocturnas - Res (D) 363/1952 y Res. (D) 486/6/2005.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.037- "Régimen Trabajo Tablada", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 12% sobre el Salario Nominal que contempla el cambio en el régimen de trabajo de los funcionarios lo que permitirá el despacho de lunes a sábado además de la extensión del horario.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.038 "Régimen Trabajo Paysandú", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 10% del salario nominal por cambio de régimen laboral, un 5% por polivalencia en tareas de laboratorio y de fiscalía y el pago de una guardia para la descarga de combustibles que arriban a la planta por vía fluvial.
Padrón de cargos y vacantes
El padrón de cargos adjunto y que forma parte integrante del presente decreto, incluye las vacantes en proceso de llenado por concurso, las ocupadas por subrogación y las que se considera imprescindible mantener, conformando un total de 2.446 posiciones.
El total anterior se compone de la suma de la cantidad de cargos del rol de ANCAP y del Programa Factor Humano a Reaplicar (FHR).
La dotación objetivo de la Administración al 31 de diciembre de 2026 se establece en 2.409 posiciones. Actualmente se cuenta con 2.407 posiciones.
El Programa FHR contiene personal de la División ex Espinillar, ex Departamento Médico quienes están declarados personal excedente a redistribuir por parte de la Oficina Nacional del Servicio Civil y cuyos cargos serán eliminados y los créditos suprimidos una vez se produzca la designación en otro Organismo.
Asimismo, se incluyen en dicho Programa cargos con denominación de "Asistente Obrero"; "Asistente Administrativo" y "Asistente Especialista" que contemplan las situaciones del personal con dictamen médico de no poder realizar las funciones de su cargo. Dichos cargos serán eliminados según el procedimiento dispuesto por la Res. (D) N° 838/10/2019.
También se incluye dentro de FHR, los cargos de "Asesores y Adscriptos", los que serán eliminados al vacar.
La cantidad de cargos que forman el Programa FHR asciende a las 39 posiciones.
Al efectuar la provisión de vacantes se dará cumplimiento a lo establecido por los artículos 49 y 50 de la Ley N°18.651, de 19 de febrero de 2010 (Ley de Protección integral de las personas con discapacidad), lo dispuesto en la Ley N°19.684 (Ley Integral de las Personas Trans) y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N°19.122, de 21 de agosto de 2013 (Afrodescendientes).
Contratos de función pública
Los contratos de función pública que se celebren en base a lo dispuesto en el Art. 504 de la Ley N°18.362, de 6 de octubre de 2008 tendrán un plazo de un año y podrán ser renovados sin exceder el plazo máximo de tres años. Para disponer el cese de una contratación, la renovación o el pasaje a permanente, el Directorio resolverá en base a las necesidades del servicio y la evaluación de actuación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en las Res. (D) Nos. 441/5/2018 y 144/2/2019.
Viático comida y la compensación producto
El Directorio otorgará una prestación a los funcionarios públicos que prestan servicios en ANCAP, sin excepciones siendo beneficiarios del Viático Comida y la Compensación Producto. El Viático Comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo.
El monto individual equivale a $ 19.003 (pesos uruguayos diecinueve mil tres) por mes, a nivel de precios enero 2025. La Compensación Producto corresponde al equivalente del importe de una garrafa de supergás de 13 kg. El monto individual equivale a $ 1.352 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y dos) por mes a nivel de precios enero 2025, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución del precio de venta del supergás. El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado. Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de sueldo o esté suspendido. El Viático Comida y la Compensación Producto están afectados por el descuento de montepío en su totalidad.
Primas
Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido están reguladas por la "Reglamentación General sobre Beneficios Sociales" aprobada por Res. (D) N° 6147/965, modificado por Res. (D) N° 476/7/2023, ajustándose por los aumentos de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC).
Becas de estudio
La partida "Becas de Estudio" está regulada por la "Reglamentación de becas para hijos de funcionarios, estudiantes de nivel terciario y Educación Media Profesional" aprobada por Res. (D) N°319/5/09 y modificativas.
Servicio a las personas por guardería
La partida Servicio a las Personas por Guardería contempla un beneficio para la concurrencia de menores a Centros de Educación Inicial de acuerdo con la "Reglamentación del beneficio para la concurrencia de niños a Centros de Educación Inicial, aprobada por la Res. (D) N° 17/1/2012 y modificativa Res (GG) N° 180/2024.
Beneficios sociales
Los beneficios sociales que evolucionan con la Base de Prestaciones y Contribuciones, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores medios enero - junio 2025 y se ajustarán a la evolución que registren dichos parámetros.
Funcionarios en comisión saliente o con reserva de cargo
Los funcionarios de la Empresa que pasen a prestar funciones en otros organismos, ya sea en comisión o con reserva de cargo, deberán declarar anualmente las partidas extraordinarias o beneficios que pudieran percibir en dichos organismos.
Contratación de personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de embarcaciones
Facúltese a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland a contratar personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de sus embarcaciones, mediante contratos de trabajos de hasta 6 meses de duración. Podrá autorizarse un plazo mayor mediante resolución de Directorio, debidamente fundada.
Transformación de cargos o funciones
El Directorio podrá disponer transformaciones de cargos y funciones, aun cuando afecten distintas clases funcionales, siempre que no supongan incremento de gastos y que se cumplan las condiciones de ingreso a la clase funcional y demás disposiciones vigentes en la materia, previo dictamen favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y dando cuenta al Tribunal de Cuentas de las mismas. La propuesta deberá estar acompañada de un análisis de sus costos y financiamiento, incluyendo todas las partidas presupuestales asociadas.
Las transformaciones que el Directorio proponga en el futuro, deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de la estructura organizativa, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la Empresa. Toda transformación implicará la eliminación automática del o de los cargos que se transforman, así como de las compensaciones que correspondan.
Cuando las transformaciones impliquen ahorros en los objetos de Sueldos Básicos, el excedente podrá ser reservado para su utilización en oportunidad de siguientes transformaciones dentro del mismo ejercicio.
Reestructuras
Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema de remuneración, se deberá contar con el informe favorable previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta al Tribunal de Cuentas.
Subsidio a directores
Subsidio a Directores y cargos de particular confianza. Los titulares de cargos políticos o de particular confianza que no hubieren configurado causal jubilatoria anticipada al momento de su desvinculación del organismo, tendrán derecho a percibir durante un periodo equivalente al triple del que ocuparon el cargo y hasta un máximo de un año, computado desde la fecha de cese, un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad, conforme lo dispuesto en el artículo 35 del Acto Institucional N° 9, de 23 de octubre de 1979, la Ley N° 15.900, de 21 de octubre de 1987, sus modificativas, reglamentarias y complementarias y a lo dispuesto por los artículos 65, 66 y 67 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El subsidio a Directores y cargos de particular confianza, el aguinaldo, aportes y toda otra incidencia correspondiente se imputarán al objeto 575.001.
Mecanismos de promoción de igualdad
En cumplimiento del Convenio de Cooperación entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ANCAP y el Instituto Nacional de las Mujeres, de fecha 21 de noviembre de 2006, este Directorio ratifica su compromiso de contemplar en su Presupuesto, la creación y/o fortalecimiento de mecanismos de promoción de igualdad de oportunidades y derechos entre hombres y mujeres.
Cobertura de vida
El pago de la cobertura de vida o una suma equivalente a $ 273.000 del autoseguro de ANCAP que cubre a los ex funcionarios jubilados de ANCAP o el cobro del incentivo por la opción de renuncia al beneficio del autoseguro, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Directorio N°1003/12/05 y con cargo al Programa Energía - Grupo 2 - Servicios No Personales.
Adecuación del grupo 0 - servicios personales
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del grupo 0 "Servicios Personales" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes a las disposiciones legales vigentes.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del Índice General de Precios al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, sus disponibilidades financieras y la política del Poder Ejecutivo en la materia.
Trasposiciones de créditos presupuestales de funcionamiento
Las trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes limitaciones, salvo disposición expresa:
1. El Grupo 0 "Servicios Personales", no podrá trasponer ni recibir trasposiciones de otros grupos, como tampoco podrán trasponerse entre sí, los objetos auxiliares integrantes de los subgrupos 01, 02 y 03. En los restantes subgrupos, solamente se podrán efectuar trasposiciones hasta el límite del crédito disponible no comprometido y siempre que no correspondan a conceptos retributivos inherentes a cargos, funciones contratadas o de carácter personal, al sueldo anual complementario, a las cargas legales sobre servicios personales, a la partida correspondiente al Viatico de alimentación y a la partida destinada al [Sistema de Remuneración Variable (SRV) o Sistema de Remuneración por Cumplimiento de Metas (SRCM) u otras de carácter similar.
2. Los Objetos del subgrupo 5.5 "Transferencias Corrientes a Instituciones sin fines de lucro" y de los Grupos 6 "Intereses y Otros Gastos de Deuda" y 8 "Aplicaciones Financieras" no podrán ser traspuestos.
3. El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" no podrá recibir trasposiciones. Las trasposiciones del objeto 749 "Otras partidas a reaplicar" a otros objetos del gasto, deberán contar con informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
4. Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras partidas ni recibir trasposiciones.
5. Los objetos de los Sub-Grupos 01, 02 y 03 podrán ser traspuestos entre distintos programas cuando la referida trasposición se realice a efectos de identificar la asignación del costo del puesto de trabajo al programa. La reasignación autorizada debe realizarse considerando todos los conceptos retributivos inherentes al cargo, función contratada o de carácter personal, así como el sueldo anual complementario y las cargas legales correspondientes. Esta reasignación no implicará modificación en la estructura de cargos prevista presupuestalmente.
Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:
1. Partidas que no requieran informe favorable previo y dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y su comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Dicha comunicación se realizará en un plazo no mayor a 30 días desde su aprobación, a excepción de las trasposiciones de los Grupos 1 "Bienes de Consumo" y Grupo 2 "Servicios no personales" que se comunicarán, salvo disposición expresa, conjuntamente con la remisión de la siguiente adecuación de precios o en el Balance de Ejecución Presupuestal en caso de aquellas aprobadas posteriormente a la última adecuación de precios del ejercicio.
2. Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Todas las trasposiciones realizadas deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo con lo previsto por Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
Partida adicional por acontecimientos graves e imprevistos
El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" incluye en el objeto 7.1.3.000 "Acontecimientos Graves e Imprevistos" un monto equivalente al 3% de las partidas limitativas del Presupuesto de Compras por $ 212.900.793 que se desglosa en $ 159.653.681 en el Presupuesto Operativo y $ 53.247.112 en el Presupuesto de Inversiones a precios de enero - junio de 2025. La misma tiene por objeto hacer frente a costos extraordinarios no previstos como consecuencia de gastos extraordinarios no rutinarios que afecten la prestación de los servicios. Dicha partida no podrá actuar como reforzante, pero podrá trasponerse entre el Presupuesto Operativo y el de Inversiones.
La Empresa podrá ejecutar dicho monto o su trasposición entre ambos presupuestos previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y dando conocimiento al Tribunal de Cuentas.
La presente partida presupuestal y el monto que se ejecute en su caso, no será tenido en cuenta en las cláusulas referentes a la Contribución al Programa Financiero; Reducción de Costos Operativos; Ejecución de las Inversiones; Rentabilidad sobre Patrimonio y Rentabilidad sobre Activos.
Partida adicional sujeta al cumplimiento de compromisos de gestión
El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" incluye el objeto 7.4.9.001 "Otras Partidas a Reaplicar sujetas al Cumplimiento de Compromisos de Gestión" por un monto de $ 50.000.000 a precios enero - junio 2025. El Directorio podrá aprobar la trasposición de esta partida a otros objetos del gasto previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Dicho informe favorable se emitirá tomando en consideración el cumplimiento de los Compromisos de Gestión del ejercicio anterior. Al solo efecto de esta evaluación se aceptarán cumplimientos parciales para indicadores que alcancen al menos un 75% y con un nivel mayor o igual al 85% en promedio conjunto del total de indicadores. El Anexo IV Compromisos de Gestión incluirá los indicadores y metas previstas, definiendo para los indicadores que aceptan cumplimientos parciales, los valores críticos que permiten alcanzar el 75% de cumplimiento.
Inversiones - Dictamen técnico favorable del Sistema Nacional de Inversión Pública
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2° numeral 3° del artículo 24 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, ningún proyecto de inversión se ejecutará sin haber obtenido en forma previa el dictamen técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a las Guías y Pautas Metodológicas elaborados por el Sistema Nacional de Inversión Pública. El Tribunal de Cuentas controlará por sí o por intermedio de sus contadores auditores o delegados, en oportunidad de realizar la intervención preventiva de cualquier gasto asociado a proyectos de inversión SNIP la validez del Dictamen Técnico Favorable emitido por el SNIP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 88 del Tribunal de Cuentas.
Inversiones - ejecución de proyectos
La ejecución de los proyectos de inversión del presupuesto (con fuente de financiamiento endeudamiento externo según Anexo I), estará condicionada a la formalización de la fuente de financiamiento, y deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, según lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
Tope Ejecución de Inversiones
La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será la equivalente en términos presupuestales a la que se acuerde en el Programa Financiero correspondiente al ejercicio del presupuesto. Dicho Programa será previamente aprobado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Operaciones con subsidiarias
Los préstamos, capitalizaciones, condonaciones de préstamos u otras formas de integración de capital por parte de la Empresa a sus subsidiarias que apruebe su Directorio, deberán contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Vigencia del Presupuesto
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto Operativo y de Inversiones a regir para el año y, según lo dispuesto por el Art. 228 de la Constitución, rigen las partidas ajustadas para el último presupuesto aprobado.
Compromisos de gestión
La empresa, en el marco de los lineamientos estratégicos relacionados con la eficiencia y eficacia en la gestión, se compromete al cumplimiento de los Compromisos de Gestión que figuran en el Anexo IV, (*) los que forman parte integrante del presente Decreto.