Institúyase en cada uno de los Casinos del Estado un Tribunal
Calificador de los Funcionarios del Escalafón Especializado (AcC) a los
efectos de adjudicar el puntaje anual para la propina, el cual estará
integrado:
a) Por los tres miembros del Tribunal Calificador previsto por el decreto
595/979, de 24 de octubre de 1979 (Reglamento de Calificaciones y Ascensos
para los funcionarios de Casino), siendo preceptiva en este caso, la
presencia del Gerente del Casino respectivo.
b) Por dos miembros electos mediante voto secreto por los funcionarios del
Escalafón Especializado, con cargos no inferiores a Especialista I (Jefe
de Sala) uno de ellos y Especialista III (Jefe de Mesa) el otro. (*)